REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDAS N° 3759
En el día de hoy veintidós ( 22 ) de Junio de dos mil cinco (2.005), siendo las diez y diez minutos de la mañana, se traslado y constituyo JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en la sede de la Empresa SCHLUMBERGER S.A, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de Ejecutar Medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (Intimación) seguido por la Abogada YUSMELY LINYIRUBY SOTO GARCIA (Endosataria en Procuración del ciudadano OLIVER SANGRONA) en contra del ciudadano LISANDRO GUERRA, titular de la cédula de identidad Nº V 10.213.239. Seguidamente el Tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano THOMAS ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº 10.207.110, en su condición de Coordinadora de relaciones Laborales. En este estado, presente la abogada en ejercicio YUSMELY LINYIRUBY SOTO GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 56.690, actuando como Endosataria en procuración del ciudadano, OLIVER SANGRONA expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de Embargo Preventivo decretada por el juzgado de la causa, sobre las PRESTACIONES SOCIALES , CAJA DE AHORRO y cualquier otra cantidad, que le puedan corresponder al ciudadano, LISANDRO GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V 10.213.239, en su condición de trabajador al servicio de la empresa SCHLUMBERGER S.A, hasta cubrir la cantidad de DIECINUEVE MILLONES CIENTO TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON 00/100 ( Bs. 19.103.639,oo).