En esta fecha Seis de Junio del año Dos Mil Cinco, siendo las Diez Antes-Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica de la medida de ENTREGA MATERIAL decretada y ordenada en Comisión por el Juzgado del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en el juicio seguido por la ciudadana ZULAY VALERIO MELCHOR contra la ciudadana CARMEN ROSALIA RIVERA por REIVINDICACION, se trasladó el Tribunal en compañía del Doctor Germán Marcano, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.092, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandante, de una Comisión Policial al mando del Agente ciudadano Robert Blanco, titular de la cédula de identidad N° 12.574.799, y se constituyó en un terreno ubicado en la Calle Miranda, Juangriego, Municipio Marcano del estado Nueva Esparta sitio señalado por el apoderado judicial y especificado en el exhorto emanado del juzgado comitente.- Constituidos en dicho sitio, se abrió el acto presente la ciudadana Carmen Rosalía Rivera Gutiérrez, titular de la cédula de identidad número 12.506.745, en su carácter de parte demandada, a quién se le notificó la misión del tribunal previa lectura del exhorto que encabeza estas actuaciones.- Se hizo presente las ciudadanas Carolina Leal y Marta de Alfonso, titulares de las cédulas de identidad números 6.366.096 y 5.218.745, Delegadas del Consejo de Protección del Niño y Adolescente del Municipio Marcano de este estado.- En este estado presente el Doctor Germán Marcano, anteriormente identificado expone: Solicito del tribunal se me haga Entrega formal Material en posesión pacífica y legítima libre de bienes y de personas del terreno con un área total de Doscientos Sesenta y Ocho Metros con Ochenta Centímetros Metros Cuadrados (268,80 M²) ubicado en la Calle Miranda de la ciudad de Juangriego, Municipio Marcano del estado Nueva Esparta con los siguientes linderos: NORTE, En ocho metros con casa de Petronila Rivas; SUR, En ocho metros su frente con Calle Miranda; ESTE, En treinta y tres metros con sesenta centímetros (33,60) con casa de Luis Gutiérrez y OESTE, En treinta y tres metros con sesenta centímetros (33,60) terreno de Olimpia Valerio, se fije el Cartel de Notificación correspondiente sobre la medida ordenada. Visto lo anteriormente expuesto por el apoderado judicial de la parte ejecutante el tribunal acuerda con lo solicitado. En consecuencia el tribunal hace entrega formal del inmueble anteriormente descrito y especificado en acta, al apoderado judicial de la parte ejecutante Doctor Germán Marcano quien lo recibe conforme libre de bienes y personas, tomando posesión del mismo, en forma pacífica y legítima, se fijó el Cartel de Notificación en la entrada principal del inmueble en referencia. El tribunal deja constancia que por cuanto se encontraba menores de edad, con la debida asistencia y consentimiento de las delegadas del Consejo de Protección del Niño y Adolescente del Municipio Marcano de este estado fueron dejados en cuidado de su madre y de la señora Angela de Alfonso.- Igualmente la parte demandada ciudadana Carmen Rosalía Rivera, se llevó sus bienes bajo su responsabilidad y cuidado.- Terminado el acto del traslado y cumplida la misión del Tribunal, acuerda regresar a su sede natural, siendo las Doce y Diez minutos Post – Meridiem. Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Provisoria (ls)(fdo). El Apoderado Judicial de la Parte Actora (fdo). Por La Comisión Policial (fdo). La Notificada (fdo). Delegadas del Consejo de Protección del Niño y Adolescente del Municipio Marcano (fdo). El Secretario Accidental, José Villarroel Díaz (fdo).
En la misma fecha (06-06-05), se constituyó el Tribunal en su sede natural, Conste.- El Secretario Accidental. (ls)(fdo).