REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 16 de Junio de 2005.
195° y 146°

Vista la presentación hecha personalmente por los ciudadanos JORGE LUÍS VELASQUEZ y AIRAM ANELE GUZMAN ARAMBURO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en San Juan Bautista, Jurisdicción del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, y titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.191.298 y 11.975.933, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado ANTONIO JOSE GUACUTO HENRIQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.443, y observado como ha sido por el Tribunal que la mencionada cónyuge esta embarazada lo cual es hecho público y notorio que hace presumir la existencia de un concebido, que requiere desde el vientre de su madre, protección y tutela, por el órgano judicial especializado, este juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial de este Estado, se declara incompetente para admitir y conocer de la referida solicitud de separación de cuerpos y declina el presente asunto, en el Juzgado Distribuidor de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Cúmplase.-