REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, quince de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : VH01-X-2005-000029
Vista y analizada la solicitud suscrita por el ciudadano ROBINSON ZAMBRANO MOLINA, titular de la cédula de identidad No. 7.899.694, asistido por el Profesional del derecho abogado JOSE RAMON HERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.13.449, en donde pide se decrete medida Ejecutiva de embargo sobre bienes de la propiedad de la Joyería Eliana y del ciudadano Víctor Segundo Contreras Oliveros; este Tribunal decide bajo los siguiente términos:
A partir de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, existen en la primera Instancia 2 etapas, la de mediación y la de juicio, por lo que todas las causas que ingresan deben pasar por la etapa de mediación, dejando claro que en este caso está en fase de ejecución de sentencia, como se ha solicitado, pero se hace necesario que exista un primer encuentro entre las partes y el Juez, de manera que puedan probar la existencia de la transacción (ya en original o copia certificada) y el incumplimiento de la misma. Por las razones anteriormente expuestas SE NIEGA LA SOLICITUD DE MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO. Así se Decide.-
La Juez
Abog. Judith del Carmen Castro
La Secretaria
María G. Fernández