Visto el oficio S/N de fecha 25-07-05, emanado de la Carcel Nacional de Maracaibo, mediante el cual la Directora del Referido Centro Penitenciario Dra. Gloria Liscano, solicita permiso de traslado de la penada DENISSE MARIE AVILA SUAREZ, titular de la cedula de identidad 15.061.241, Causa N° 023-05, para participar en la Clausura de los cursos de programa de capacitacion para la regularizacion de la titularidad de los Jueces categoria B y C, a realizarse en la sede del Banco Mara, ubicado en la Avenida el Milagro, el dia 29 del presente mes y ano, en horario comprendido de 10:00 a.m. a 2:00 p.m., Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el articulo 51 de la Ley Sobre Regimen Penitenciario, previamente aplicando las Medidas de Seguridad pertinentes al caso, autoriza ei traslado de la penada DENISSE MARIE AVILA SUAREZ, a dicha clausura. Y ASI SE DECIDE.-
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Septimo de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el traslado de la penada DENISSE MARIE AVILA SUAREZ, con las seguridades del caso y la debida custodia Militar, para participar en la Clausura de los cursos de programa de capacitacion para la regularizacion de la titularidad de los Jueces categoria B y C, a realizarse en la sede del Banco Mara, ubicado en la Avenida el Milagro, el dia 29 del presente mes y ano, en horario comprendido de 10:00 a.m. a 2:00 p.m., de conformidad con lo dispuesto en el articulo 51 de la Ley Sobre Regimen Penitenciario. Registrese la presente decision y librese oficio a la Directora de la Carcel Nacional de Maracaibo.
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