Firme como ha quedado el fallo dictado por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extension Santa Barbara, en fecha 08-06-05, este Tribunal de Ejecucion de conformidad con lo establecido en el articulo 482 de la Reforma del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a Ejecutar dicha sentencia y en consecuencia procede a la elaboracion del compute legal respectivo.
El penado: FREDDY URBINA ACEVEDO. fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) ANOS y NUEVE (09) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comision del delito HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en e^* articulo 405, antes 407 del Codigo Penal, cometido en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de ROISMAR JHONATTA MARQUEZ. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 08-07-2003, por lo que hasta el dia de hoy 18- 07-05 fecha en la cual se elabora el presente compute lleva detenido DOS (02) ANOS y DIEZ (10) DIAS, faltandole por cumplir SEIS (06) ANOS, OCHO (08) MESES Y VEINTE (20) DIAS. Cumple la pena principal el dia 08-04-2012; Cumple 1/4 parte de la pena el dia 15-09-05; para el beneficio de Destacamento de Trabajo, Cumple 1/3 parte de la pena el dia 08-06-06; para el beneficio de regimen abierto; Cumple la mitad de la pena el dia 23-11-2007; Cumple las 2/3 partes de la pena el dia 08-05-2009; para el beneficio de Libertad Condicional, Cumple las % partes de la pena el dia 30-01-2010, para el beneficio
de Confinamiento y por ultimo se mantendra sometido a la Sujecion a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una % parte de la Pena impuesta hasta el dia: 15-06-2014.-
El penado: JUAN CARLOS GAVAY. fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) ANOS y NUEVE (09) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comision del delito HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 405, antes 407 del Codigo Penal, cometido en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de ROISMAR JHONATTA MARQUEZ. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 06-07-2003, por lo que hasta el dia de hoy 18-07-05 fecha en la cual se elabora el presente compute lleva detenido DOS (02) ANOS y DOCE (12) DIAS, faltandole por cumplir SEIS (06) ANOS, OCHO (08) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS. Cumple la pena principal el dia 06-04-2012; Cumple '/4 parte de la pena el dia 13- 09-05; para el beneficio de Destacamento de Trabajo, Cumple 1/3 parte de la pena el dia
06-06-06; para el beneficio de regimen abierto; Cumple la mitad de la pena el dia 21-11- 2007; Cumple las 2/3 partes de la pena el dia 06-05-2009; para el beneficio de Libertad Condicional, Cumple las V^ partes de la pena el dia 28-01-2010, para el beneficio de Confinamiento y por ultimo se mantendra sometido a la Sujecion a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 'A parte de la Pena impuesta hasta el dia: 13-06-2014.-Registrese
la presente Resolucion, remitase copia certificada de la misma con oficio a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Director de la Carcel Nacional de Maracaibo, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio de Justicia Division de Antecedentes Penales.
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