REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN


Maracaibo, 18 de Julio de 2005
195° y 146°


DECISION NRO 455-05 CAUSA 6e-177-01


En ocasión al plan de contingencia provisorio implementado por la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en virtud del programa especial de capacitación para la regularización de la titularidad de los Jueces no titulares del cual participa la Jueza de este Tribunal, aunado a la emergencia carcelaria y con el fin de garantizar el derecho constitucional a la libertad, de conformidad con lo establecido en el Artículo 44 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Se constituyó el Tribunal y en consecuencia pasa a resolver lo siguiente:
Por cuanto se observa en la Resolución del Computo con Redención de fecha 30-03-05, que en el día de hoy,18-07-05, el penado LUIS ALBERTO PARRA ó ALEXANDER JAVIER GONZÁLEZ RAMOS, titular de la cédula de identidad Nro NO PORTA, quien dice ser hijo de Néstor Justo González y de Eloida Luisa Ramos, residenciado en el sector Sabaneta, calle 03 casa numero 56, cerca de Tostadas El Chino, Maracaibo, está cumpliendo su pena principal, este Tribunal acuerda lo sigueinte:
El penado LUIS ALBERTO PARRA ó ALEXANDER JAVIER GONZÁLEZ RAMOS fue condenado a cumplir la pena de OCHO AÑOS DE PRESIDIO por el delito de ROBO A MANO ARMADA, en perjuicio de ROSANNA ISABEL MONTILLA CARDOZO Y LENA LUZ GUZMAN, cumple la pena principal en el día de hoy, 18-07-05,
El penado LUIS ALBERTO PARRA ó ALEXANDER JAVIER GONZÁLEZ RAMOS, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, fue detenido en fecha 13-10-99, y del computo de pena elaborado en fecha 30-03-05, se desprende que cumple la pena principal en el día de hoy 18-07-05, razón por la cual considera esta Juzgadora que lo procedente en Derecho es decretar el cumplimiento de la pena principal, en tal sentido ordena librar la Boleta de Excarcelación respectiva, y por cuanto queda sujeto a la Vigilancia de la Autoridad por (1/4) parte del tiempo de la condena, hasta el día 18-07-07, ordena su comparecencia, ante este Despacho, para la presentación ante la Intendencia de la parroquia en la cual residirá. Así se declara.




DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA el cumplimiento de la pena principal a favor del penado LUIS ALBERTO PARRA ó ALEXANDER JAVIER GONZÁLEZ RAMOS, titular de la cédula de identidad Nro NO PORTA, quien dice ser hijo de Néstor Justo González y de Eloida Luisa Ramos, residenciado en el sector Sabaneta, calle 03 casa numero 56, cerca de Tostadas El Chino, Maracaibo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal; quedando sujeto a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte de la condena hasta que culmine el día 18-07-07, para lo cual acuerda su comparecencia por ante este Tribunal, a los fines de que aporte el nombre de la Intendencia, para que cumpla con su presentación.- Publíquese, Registrase, Notifíquese, y 0ficiese.
LA JUEZ

DRA ISABEL ARAUJO C.

LA SECRETARIA

ABOG. HASSNA ABDELMAJID.

En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 455-05 en los Libros de Registros de Resoluciones llevados por este Tribunal. Se ofició a la Cárcel remitiendo Boleta de excarcelación bajo el Nro. 3788-05 se libraron notificación junto con oficio 3789-05.


LA SECRETARIA



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ysabel g.