En horas de despacho del día de hoy JUEVES CATORCE DE JULIO DE 2005, siendo LAS NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, relacionada con el Juicio que por DIVORCIO sigue ELVIA CHIQUINQUIRA COLINA DE CEDEÑO contra VICENTE RAMON CEDEÑO CHIRINOS y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la P.D.V.S.A., Edificio Miranda, se procedió a notificar a ISLANA MENDEZ STHORMES, titular de la Cédula de Identidad Número 12.863.533, con el carácter de abogada y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano VICENTE RAMON CEDEÑO CHIRINOS, titular de la Cédula de Identidad Número V-3.352.823 y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano VICENTE RAMON CEDEÑO CHIRINOS, parte demandada es trabajador al servicio de P.D.V.S.A.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de P.D.V.S.A.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES Y CAJA DE AHORROS Y SUS INTERESES QUE LE PUDIERAN CORRESPONDER AL CIUDADANO VICENTE RAMON CEDEÑO CHIRINOS, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO 3.352.823, COMO TRABAJADOR AL SERVICIO DE P.D.V.S.A PETROLEO, S.A. Y ASI SE CONFIRMA.- El tribunal deja constancia que las cantidades de dinero a retener, serán remitidas en Cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, EXP. 31.574. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL:
EL NOTIFICADO :
ABOG. ANTONIO PIÑA FERRER


LA SECRETARIA