REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 11 de Febrero de 2005
194º y 145º
DECISION N° 067-05 CAUSA N° 7E-008-04
Vista la decisión de fecha 18-12-03, dictada por el Juzgado Tercero de Ejecución del Estado Vargas, en la cual le conceden el Beneficio de Regimen Abierto al penado JESÚS LEONARDO MUÑOZ ÁLVAREZ, acordando la pernocta del mismo, en el Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Francisco Canestri”, ubicado en el sector Paraíso, Caracas, Distrito Capital.-
Ahora bien, vista la mencionada decisión, esta Juzgadora cuya función es de vigilancia y control respecto al mencionado penado JESÚS LEONARDO MUÑOZ ÁLVAREZ, ACUERDA remitir las presentes actuaciones al Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Extensión Macuto, por ser el Juzgado de origen, dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.- Y así se decide.-
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA remitir las presentes actuaciones relacionadas con la causa seguida al penado JESÚS LEONARDO MUÑOZ ÁLVAREZ, por el delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA, al Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Extensión Macuto, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser el Tribunal de origen.- Publíquese, regístrese y notifíquese.-
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA GONZÁLEZ
En la misma fecha se registró la decisión bajo el Nº 067-05, se libró Boleta de Notificación No. 135-05 y se remiten las actuaciones constante de Trece (13) folios útiles.-
LA SECRETARIA
|