REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 28 de Febrero de 2005
193º y 144º
Resolución N° 055-05 CAUSA N° 3E-320-00.
Vista la Diligencia efectuada por la Abogada MARIA DEL ROSARIO PERDOMO, adscrita a la Unidad de Defensa Publica del Circuito Judicial Penal del Estado, N° 11 en fecha 17-02-2005, mediante la cual solicita a este Tribunal se sirva EXTENDER, el Lapso de Presentaciones a cada tres meses (03) meses, al penado ANDRIS ANTONIO SANDOVAL, este Tribunal para resolver sobre dicho planteamiento observa lo siguiente:
En fecha 23-12-2003, mediante Resolución N° 410-03 este Juzgado Tercero de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, concede al referido penado el Beneficio de Confinamiento, Así como también se le impuso por el lapso de dos (02) años a presentación por ante la prefectura de la parroquia del Municipio Pampan Estado Trujillo. Este Tribunal Tercero de Ejecución basándose de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA Extender el Régimen de Presentaciones, al penado ANDRIS ANTONIO SANDOVAL. ASÍ SE DECIDE.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Extender el Régimen de Presentaciones a cada TRES (03) meses, al penado ANDRIS ANTONIO SANDOVAL con cédula de identidad N° 15.962.476, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el barrio la revancha calle 79G-01 N° 108K-58. Maracaibo Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena oficiar a la prefectura de Pampan del Estado Trujillo , a fin de informar dicha decisión. Igualmente Librense Boletas de Notificación y Citación.
Regístrese la presente Resolución en el libro respectivo.-
EL JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN.
ABOG. JOSE VICENTE FARIA EL SECRETARIO
ABOG. NESTOR CASTELLANO
En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el número 055-05 se ofició bajo los números 614 Y 615-05 y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación y de Citación.-
Causa: 3E-320-00
EL SECRETARIO
ABOG. NESTOR CASTELLANO
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