REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
Maracaibo; 22 de Febrero del 2005
ACTA DE AUDIENCIA ORAL.
En el día de hoy, Martes veintidós (22) de Febrero del 2005, siendo las nueve (09:00 am) horas de la mañana, previo lapso de espera para la total comparecencia de las partes, día fijado por este Tribunal Tercero de Juicio, actuando de manera Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para llevar a efecto la Audiencia, Oral y Pública de conformidad con el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa signada bajo el N° 3U-134-01, seguida en contra del acusado JIN JAVIER LOPEZ VALLES, a quien le fue concedida la Suspensión Condicional del Proceso, por la comisión del delito de ROBO EN FIGURA DE ARRABATON, previsto y sancionado en el articulo 458 en su único aparte del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA DE MACHADO. Se constituyó el Tribunal Tercero de Juicio de manera Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la sede del Tribunal, ubicada en la Sede del Palacio de Justicia, Avenida 15, Las Delicias, diagonal a Panorama, Maracaibo del Estado, presidido por la Juez de Juicio DRA. SILVIA CARROZ DE PULGAR, acompañada por la secretaria de sala ABOG. LOREMAR MORALES ESTRADA. La Juez de Juicio declara ABIERTA LA AUDIENCIA solicitando a la Secretaria de la sala verificar la presencia de las partes, encontrándose presentes en la sala la de este Despacho habilitada para tal fin, el ciudadano Fiscal Décima del Ministerio Publico, Abog. CARMEN ELOINA PUENTE, el acusado JIN JAVIER LOPEZ VALLES, quien se encuentra actualmente gozando de la Suspensión Condicional de Proceso, acompañado de su Abogado defensor Publico No. 16, Abog. GERALDO SANCHEZ, de la Unidad de Defensores Públicos del Estado Zulia. Seguidamente la Juez de este Despacho, verificada la presencia de las partes, procede de conformidad con lo dispuesto en el articulo 344 del Código Orgánico Procesal Penal, haciendo la advertencia al todos los presentes que deberán conservar la mayor disciplina y guardar silencio, luego concede el derecho de palabra al ciudadano Fiscal del Ministerio Publico, quien procedió a manifestar lo siguiente “ Visto como ha sido cumplida satisfactoriamente la Suspensión Condicional de Proceso, que le fuera acordada al ciudadano JIN JAVIER LOPEZ VALLES, esta representación Fiscal, verificado como ha sido que el ciudadano antes mencionado ha cumplido con las obligaciones impuestas, en la audiencia del 21 de Octubre del 2004, en la cual se acordó la Suspensión Condicional del Proceso, por un lapso de tres meses, esta Vindicta Pública, en que se decrete el Sobreseimiento de la causa, es todo. Seguidamente se le concede la palabra al ciudadano Abogado Defensor Publico No. 16, quien manifestó:”Por cuanto se observa de las actas el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones impuestas por este Tribunal a mi defendido, solicito se decrete el sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, ordene lo conducente a los Cuerpo Policiales a fin de que el mismo sea excluidos de los registros Policiales. Es todo. Oídas como han sido las exposiciones de las partes y verificado por este Tribunal el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones impuestas al hoy acusado JIN JAVIER LOPEZ VALLES, observándose en actas oficio No. 513 de fecha 11-02-05, emanado de la Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario, en la que informan que dicho ciudadano cumplió con todas sus presentaciones y colaboro en las Instalaciones eléctricas de la Unidad Técnica; finalizando el régimen de prueba favorablemente. Este Tribunal Tercero en Funciones de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa, a favor del ciudadano JIN JAVIER LOPEZ VALLES, quien es venezolano, natural de Maracaibo, del Estado Zulia, portador de la cedula de identidad N° 12.590.798, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 28-08-73, estado civil soltero, hijo de Juan Lopez y Carmen Valles, profesión u oficio: Albañilería y Electricidad, residenciado: Urb. San Jacinto, sector 16, calle 03, casa No. 05 del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por haber cumplidos con las obligaciones impuestas, según lo establecido en el articulo 48 ordinal 7, en concordancia con el ordinal 3 del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que se cumplieron con todas y cada una de las formalidades de Ley, informando a las partes que la sentencia será publicada en el día de hoy por separada a la presente acta la cual quedará registrada bajo el No. 08-05. Siendo las diez (10:00) horas de la mañana, se declaró Terminado el acto. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ TERCERO DE JUICIO.
DRA. SILVIA CARROZ
EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
DRA. CARMEN ELOINA PUENTE.
LA DEFENSA PÚBLICA No. 16,
ABOG. GERARDO SANCHEZ.
EL ACUSADO,
JIN JAVIER LOPEZ VALLES
LA SECRETARIA,
ABOG. LOREMAR MORALES E .
CAUSA No. 3U-134-01
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