REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL

Maracaibo, 10 de Febrero de 2005.-
194° y 145°

CAUSA N° 9C-163-05. RESOLUCIÓN N° 223-05.-

Visto el escrito presentado por la ciudadana abogada: SANTA FRASCARELLA, en su carácter de Fiscal de Transición del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra el ciudadano: JOSÉ CARRASQUERO, por la presunta comisión del delito de: LESIOES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal, en agravio del ciudadano: HUMERTO LUIS HIDALGO. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinales 1° del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal para decidir toma en consideración los siguientes razonamientos:

Del análisis practicado a las actas que componen la presente causa, se desprende que todos los elementos recabados por el Ministerio Público en el transcurso de la investigación; no evidencian la comisión de delito alguno; ya que el hecho daños que se sometió a estudio fue el de lesiones personales, por lo cual era indispensable el resultado del examen médico forense que debía practicarse a la victima, con el cual se demostraría el tipo de lesión recibida y la existencia del hecho punible como tal, ahora bien, no existiendo hecho punible, mal puédela vindicta pública incoar acusación contra persona alguna, por lo cual se ajusta a derecho el pedimento fiscal y por ende se declara con lugar. ASI SE DECIDE.

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra el ciudadano: JOSÉ CARRASQUERO, por la presunta comisión del delito de: LESIOES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal, en agravio del ciudadano: HUMERTO LUIS HIDALGO. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinales 1° del Código Orgánico Procesal Penal.
Pásese a autoridad de cosa juzgada vencido el lapso legalmente establecido.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
EL JUEZ DE CONTROL,

DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS



LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ.
En la misma fecha se registro la anterior resolución bajo el N° 223-05 en el Libro de Registro de Resoluciones llevado por este Tribunal de Control y se libraron boletas de notificación con oficio N° 300-05.-
LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ
CAUSA N° 9C-163-05.
HCV/luisquerales.-