El horas de despacho del día de hoy LUNES 14 DE FEBRERO DE 2005, siendo las 10:45 A.M., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 01, con sede en Cabimas, relacionada con el Juicio que por DIVORCIO sigue la Ciudadana MARBELLA DE JESUS MONTERO DE PULGAR contra el Ciudadano BRIXO RAMON PULGAR CASTILLO y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de la Empresa P.D.V.S.A PETROLEO, S.A, se procedió a notificar a NORELIS RINCON, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.837.552, con el carácter de OFICINISTA a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano BRIXO RAMON PULGAR CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad Número V-3.635.358 y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano BRIXO RAMON PULGAR CASTILLO parte demandada es trabajador al servicio de P.D.V.S.A.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de P.D.V.S.A.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO: 1) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DEL SUELDO O SALARIO GLOBAL MENSUAL QUE DEVENGA EL DEMANDADO COMO TRABAJADOR AL SERVICIO DE P.D.V.S.A. 2) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO E INTERESES, que en el presente año económico y en todos los demás años siguientes, le pueda corresponder al referido ciudadano- 3) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las UTILIDADES, VACACIONES, BONO VACACIONAL, CAJA DE AHORROS, que le pueda corresponder al demandado, en caso de despido, retiro voluntario, Jubilación o muerte como trabajador al servicio de dicho organismo.- 4) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LA TARJETA DE COMISARIATO, que le pueda corresponder al referido ciudadano.- Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que las cantidades a retener en lo conceptos establecidos en los Literales “1”, “2” Y “3” deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 01 CON SEDE EN CABIMAS EXP. N° 1U-4767-05. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes fiman.-
EL JUEZ: LA SECRETARIA: EL NOTIFICADO: