REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de Despacho del día de hoy, 14 de febrero del año dos mil cinco, siendo las 9:20 A.M., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las Oficinas de la Línea de Autobuses Milagro Norte, ubicado en la Curva de Molina, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Preventivo, comisionada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.03, con motivo del juicio de Reclamación Alimentaría, seguido por: MAYERLIN VILLALOBOS PEREZ, titular de la cédula de identidad No. V-13.004.212, contra: OSCAR JOSE MORALES, titular de la cédula de identidad No. V-13.607.910.-Una vez constituido este Tribunal, en la mencionada oficina procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al ciudadano (a): RUBEN ESIS VILLALOBOS, titular de la cédula de identidad No.V- 7.812.355, quién se identifico con el carácter de: PRESIDENTE DE LA LINEA, de inmediato este Tribunal procede hacer de su conocimiento que por disposición del Tribunal comitente ordenó retener al ciudadano: OSCAR JOSE MORALES, titular de la cédula de identidad No.V-13.607.910, los siguientes conceptos: A) El TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del salario que devenga el reclamado de autos, como Supervisor de la Líneas de Autobuses Milagro Norte, B) El TREINTA POR CIENTO (30%) por conceptos de cesta ticket, C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las utilidades o Bonificaciones especial de fin de año, D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales, fideicomiso, y sus intereses, y caja de ahorros y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al demandado de autos, en caso de despido, incapacidad, jubilaciones, retiro voluntario o por muerte.- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, Los conceptos establecidos en los literales “A”, “B” “C”, y “D” asimismo se le informa al notificado que las cantidades Embargadas Preventivamente en los literales A, B, y C, deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos, ciudadana: MAYERLIN VILLALOBOS PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.004.212 o remitirlas al juzgado de la causa y las retenidas en el literal “D”, remitirlas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO –JUEZ UNIPERSONAL No. 03, ubicado en la avenida 4 Bella Vista, entre calle 68 y 69, Edificio Arauca, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.- Que debe impartir ordenes para el cumplimiento de la anterior medida, la cual tiene carácter privilegiado sobre cualquier otra medida dado la naturaleza de la Materia. El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de la Líneas de Autobuses Milagro Norte, y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- Seguidamente este Tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada, y deja constancia que no ha exigido pago ni recibido remuneración alguna en el cumplimiento de sus servicios y en la presente ejecución dándole cumplimiento a lo pautado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 26, en concordancia con el Artículo 254 Ejusdem , y así dan fe y lo hace constar las partes, los intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó se leyó y conformen firman.- Concluyó el acto siendo las 9:40 A.M.-

EL JUEZ,


ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS

EL (la) NOTIFICADO (a),


LA SECRETARIA


ABOG. LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ



DAV/malpica y.-
Comis. No. 2590-2005
Exped. No. 5835