| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
 La Asunción, Dieciocho de Febrero de Dos Mil Cinco.
 194º y 145º
 
 
 Expediente Nº OP02-L-2004-000003
 
 IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
 
 Parte Actora: BELKIS NAZARETH REQUENA NAVARRO, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No 10.202.275.
 Apoderados de la Parte Actora: LEONARDO ALBERTO MÁRQUEZ BALBAS Y ANNA KARINA CASTILLO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 45.168 y 96.116 respectivamente.
 Parte Demandada: COMUNICACIONES 94.9 FM, C.A. Inscrita en el  Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Fecha 11 de Agosto de 1.995, bajo el Nro 780, Tomo II, Adicional  15
 Apoderado de la Parte Demandada: ANTONIO JOSE VARGAS PACHECO, abogado en ejercicio e  inscrito en el  Inpreabogado bajo el Nro. 41.462
 MOTIVO: Cobro de  Prestaciones Sociales.
 
 
 En el día de hoy dieciocho de febrero de dos mil cinco ( 18–2 2005), siendo las diez  horas de la mañana (10:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública de Juicio, en la causa distinguida con el Nº: OP02-L-2004-000003, la cual será reproducida en forma audiovisual de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; se constituye el Juzgado Primero de Primera de Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta,  presidido por la ciudadana Juez ROSA RAMOS DE TORCAT y la  Secretaria, Abg. Benilde Elena Aguillón Rangel. Una vez anunciado el acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia que la parte actora  no compareció, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, vista la  no comparecencia de la parte actora declara DESISTIDA LA ACCIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE  DECISION.
 La Juez
 
 Rosa Ramos De Torcat
 La Secretaria
 
 
 Benilde Elena Aguillón Rangel
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 |