REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, tres de febrero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : VP01-L-2005-000103

Visto el anterior libelo de la demanda, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, se abstiene de admitirlo por no llenarse en el mismo los requisitos establecidos en el numeral 2 del artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que debe indicar el carácter del ciudadano Yihat Haidar. En consecuencia se ordena al demandante Jesús Sndrea, subsanar el libelo de la demanda, efecto a lo que se contrae el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dentro del lapso de los dos (2) días hábiles siguientes a que conste en actas su notificación en caso contrario se declará su inadmisibilidad.-

La Juez


Abog. Judith del Carmen Castro


La Secretaria



Abog. Maria Gabriela Fernández