REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
194° y 145°
Maracaibo, 24 de Enero de 2005
CAUSA No. 7E-110-04 DECISIÓN No.029-05
Visto el Informe Técnico Nº 994 de fecha 03-01-05, emanado de la Unidad Técnica al Sistema Penitenciario del Estado Zulia en la cual da un pronóstico DESFAVORABLE al penado WILFREDO JESUS CHIRINOS, el cual opta al beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, este Juzgado a los fines de resolver observa
Del estudio y análisis de las actas que integran la presente causa, se observa que corre inserto a los folios 118 y 119 de la presente causa, informe técnico Nº 994 de fecha 03-01-05, correspondiente al penado WILFREDO JESUS CHIRINOS, suscrito por la TS. Thaydee Salazar y Psic. Mirla Montiel, delegados de prueba de la Oficina de Tratamiento No Institucional, Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, las cuales emiten un pronóstico DESFAVORABLE, considerando al penado no APTO para la medida solicitada en razón de los siguientes elementos:
- Inmadurez e impulsividad.
- Conducta delictiva instalada.-
- Manejo flexible de la norma.-
- Apoyo familiar sin capacidad de contención.-
- Inestabilidad social, laboral y conductual.-
- Metas inconcretas-
- Alto nivel de reincidencia
CONCLUSION:
El penado CHIRINOS WILFREDO JESUS, NO ES APTO a la medida de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.
Razón por la cual esta Juzgadora, considera que lo procedente en derecho es NEGAR el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado WILFRDO JESUS CHIRINOS.-Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado WILFREDO JESUS CHIRINOS, de nacionalidad Venezolana, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° 18.793.575, hijo de Marilyn Chirinos y padre desconocido, residenciado en la Urbanización La Gran Victoria, calle 5, N° 216, Bachaquero, Estado Zulia.- Regístrese la presente decisión., remítase copia certificada de la misma al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo. Notifíquese.-
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA
ABOG. MARÍA GONZÁLEZ
En la misma fecha, se registró la presente Resolución bajo el N° 029-05, se ofició bajo el N° 365-05 y se libraron Boletas de Notificación Nº 052-05 y 053-05.-.
LA SECRETARIA
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