REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
194° y 145°
Maracaibo, 27 de enero de 2005
RESOLUCIÓN N° 044-05 causa 6e-151-05
Se encuentra la presente causa en este Tribunal de Ejecución, en virtud de haber quedado firme el fallo dictado por el Juzgado Primero de Control extensión Cabimas del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en contra de los penados 1° EDWAR JOSÉ PEREZ ROJAS, y titular de la cédula de identidad No. V- 15.058.290, venezolano, natural de Maracaibo, de 23 años de edad, hijo de Bianca Josefina Rojas y Domingo Eliécer Pérez, residenciado en el Cuartel Libertador, 2° RAUL RENE CAMBERO CASTILLO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.286.928, hijo de Xiomara Coromoto castillo y Raúl Campero Gutiérrez, con domicilio el Cuartel Libertador, 3° EDGAR YOVANNY CARRERO LOPEZ, Venezolano, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro.12.630.486, soltero, obrero, hijo de Miguel Carrero y de Rosa López residenciado en el Cuartel Libertador, 4° TON YERSIN HENRIQUE PIRELA, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 18.319.715 hijo de Jerjes Enrique y Magna Pirela residenciado en el Cuartel Libertador, 5° IBRAHIM JOSÉ PEREZ ALEMAN, titular de la cedula de identidad N° 16.847.663, de 20 años de edad, hijo de Juana Alemán, residenciado en el Cuartel El Libertador, 6° MERVIN ALBERTO GUTIERREZ SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nro. 15.785.561, hijo de Alberto Gutiérrez y Emilia Sánchez, residenciado en el Cuartel El Libertador, y 7° JORGE GILBERTO GARCIA BOGARIN, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. 15.186.760 de 23 años de edad, hijo de Julio García y Maria Bogarin, residenciado en el Cuartel El Libertador; quienes fueron condenados a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS SEIS (06) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRESIDIO por la comisión de los delitos de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD Y el delito de TORTURA, cometido en perjuicio de MAIKEL ZAMBRANO, JUAN CARLOS ZAMBRANO, YESY PATRICIA VASQUEZ Y MARCIAL ANTONIO HERNANDEZ ALVAREZ .- En consecuencia, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente Causa, y pasa a ejecutar la pena impuesta de conformidad con el Artículo 482 Ejusdem, procediendo a realizar el Cómputo Legal de la Pena impuesta, así tenemos que:
Este Juzgado de Ejecución pasa a computar el tiempo de detención que sufrió el penado durante el proceso, de conformidad con lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, así tenemos.-
Consta en actas que Los penados EDWAR JOSÉ PEREZ ROJAS, 2° RAUL RENE CAMBERO CASTILLO, 3° EDGAR YOVANNY CARRERO LOPEZ, , 4° TON YERSIN HENRIQUE PIRELA, 5° IBRAHIM JOSÉ PEREZ ALEMAN, 6° MERVIN ALBERTO GUTIERREZ SANCHEZ y 7° JORGE GILBERTO GARCIA BOGARIN, fueron detenidos en fecha 15-10-2004, por lo que hasta el día de hoy: 27-01-05, fecha en que se practica el presente cómputo, llevan detenidos: TRES (03) MESES Y DOCE (12) DIAS, faltándole por cumplir: SEIS (06) AÑOS TRES (3) MESES Y OCHO (08) DIAS. En consecuencia, cumplirá la Pena Principal el día: 05-05-2011. Asimismo, cumplirán una cuarta parte de la pena en fecha 05-06-2006. Una tercera parte de la pena en fecha 21-12-2006 la Mitad (1/2) de la pena el día: 25-01-2008 las Dos Terceras (2/3) partes el día: 28-02-2009 las Tres Cuartas (3/4) partes el día: 15-09-2009, y estará
Sujeto a la Vigilancia de la Autoridad por (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, hasta el día: 25-12-2012. Este Tribunal de Ejecución establece como lugar de reclusión donde los penados cumplirán la pena impuesta, La Cárcel Nacional de Maracaibo, en consecuencia librese las respectivas boletas de Encarcelación. Así se declara.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ejecutado el fallo dictado en fecha 13-12-04, por el Tribunal 1° de Control Extensión Cabimas, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y DECRETA el Cómputo de la Pena a cumplir por los penados EDWAR JOSÉ PEREZ ROJAS, 2° RAUL RENE CAMBERO CASTILLO, 3° EDGAR YOVANNY CARRERO LOPEZ, , 4° TON YERSIN HENRIQUE PIRELA, 5° IBRAHIM JOSÉ PEREZ ALEMAN, 6° MERVIN ALBERTO GUTIERREZ SANCHEZ y 7° JORGE GILBERTO GARCIA BOGARIN, y establece como lugar de reclusión donde los penados cumplirán la pena impuesta, La Cárcel Nacional de Maracaibo.- Regístrese, Notifíquese Librese Boletas de Encarcelación remítanse las copias de ley anexadas a oficios.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN,
DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
EL SECRETARIO
ABOG. ERNESTO ROJAS H.
En la misma fecha, se registró la anterior Decisión bajo el No. 044-05 en el Libro de Registro de Resoluciones, llevado por este Tribunal en el presente mes y año, se libraron Boletas de Encarcelación junto con oficio N° 442-05 dirigido al Comandante del Cuartel El Libertador. Se libraron las correspondientes Boletas de Notificaciones. Se remitieron copias certificas con oficios Nros. 443, 444, y 445-05
EL SECRETARIO
IAC/isabel g.
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