REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
194° y 145°
MARACAIBO, 12 DE ENERO DE 2004
RESOLUCIÓN N° 006-05 CAUSA 029-03.
Por cuanto este Tribunal observa que la penada USBETH MARGARITA GONZÁLEZ URDANETA, Venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad No 13.719.632, hija de José González y Yonela Urdaneta, de 27 años de edad, residenciada en Plaza El Sol, edificio Las Gardenias, piso 1, apartamento 1E, del Municipio San Francisco, Estado Zulia, actualmente gozando de la medida de CONFINAMIENTO, concedida por este Tribuna en fecha 07-10-04 y donde se le impuso como Régimen de Prueba el lapso de Tres (03) meses, el cual culminó el día 04-11-2004.-
Este Tribunal de Ejecución a los fines de resolver lo solicitado y constatar si se encuentra extinguida la pena por cumplimiento de la misma, hace las siguientes observaciones.
La penada USBETH MARGARITA GONZÁLEZ URDANETA, fue condenada en fecha 12-03-03 por el Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de TRES AÑOS DE PRISIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en perjuicio del ciudadano DIXON ALI CASTILLO.
Asimismo consta en actas la decisión dictada por este Tribunal en fecha 07-10-04, mediante la cual le concedió la medida alternativa de CONFINAMIENTO a la penada USBETH MARGARITA GONZÁLEZ URDANETA, y le estableció un régimen de prueba que cumplirá ante la Intendencia de Seguridad de la Parroquia Santa Bárbara Colón Zulia, por el lapso de TRES MESES, a partir de esa fecha, culminando el mismo en fecha 04-11-04. En consecuencia considera este Tribunal de Ejecución procedente declarar la extinción de la pena impuesta a la penada LISBETH MARGARITA GONZÁLEZ URDANETA, por cumplimiento de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.- Asimismo, se ordena oficiar a! ciudadano Director de Prisiones del Distrito Capital, a los fines de notificarle de la presente decisión. Igualmente se ordena oficiar al ciudadano Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Zulia, a los fines de que tome debida nota en el registro de S1POL. Ofíciese a la Intendencia del Municipio San Francisco para que la sujeción a vigilancia de la autoridad por una cuarta parte (1/4) del tiempo de fa condena, que le fue impuesta como pena accesoria la cual culmina el día 04-08-2005, sea realizada cada Treinta días, por ante esa Intendencia, y de la cual deberán mantener informado al Tribunal sobre el cumplimiento o incumplimiento, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, Se ordena pasar la presente causa en Autoridad de Cosa Juzgada y su remisión al Archivo Central, en su oportunidad Legal. Notifiques al Fiscal N° 27 del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal. Así se declara.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución de! Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA declarar la extinción de la pena principal por cumplimiento de la misma, a favor de la penada LISBETH MARGARITA GONZÁLEZ URDANETA, Venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° 13.719.632, hija de José González y Yonela Urdaneta, de 27 años de edad, residenciada en Plaza El Sol, edificio Las Gardenias, piso 1, apartamento 1E, del Municipio San Francisco, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ordena oficiar al ciudadano Director de Prisiones del Ministerio de Interior y Justicia, División de Antecedentes Penales, Caracas Distrito Capital, así como al ciudadano Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Zulia departamento de SIPOL, a los fines de notificarle de la presente decisión. Ofíciese
a la Intendencia del Municipio San Francisco para que la sujeción a vigilancia de la autoridad por una cuarta parte (1/4) del tiempo de la condena, que le fue impuesta como pena accesoria la cual culmina el día 04-08-2005, sea realizada cada Treinta días, por ante esa Intendencia, y de la cual deberán mantener informado al Tribunal sobre el cumplimiento o incumplimiento. Se ordena pasar la presente causa en Autoridad de Cosa Juzgada, y su remisión al Archivo Central, en su oportunidad Legal. Notifíquese al Fiscal N° 27 del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal.- Publíquese, Registrase, Notifíquese, Notifíquese y Ofíciese.
LA JUEZ
DRA ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
EL SECRETARIO
ABOG. ERNESTO ROJAS H.
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 006-05, en los Libros de Registros de Resoluciones llevados por este Tribunal. Se libró Boletas de Notificación. Se oficio bajo los Nros 033, 034 y 035-05.-
EL SECRETARIO
lAC/a.a.
CAUSA N° 6E-029-03.-
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