REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE CONTROL
República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL
Maracaibo, 13 de ENERO de 2005
194° y 145°
Causa N°. 10C-273-04.- Decisión N° 031-A-05.-
Visto el oficio signado con el N° ZUL-F20-3174-04, emanado de la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público del Estado Zulia, de fecha 30-11-2004, mediante el cual participa a este Tribunal que en la causa N° 23-F20-396-02 se dictó Resolución motivada en fecha 23-11-2004 por medio de la cual se acordó EL ARCHIVO FISCAL de las actuaciones que conforman la referida causa, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a los ciudadanos OSCAR MESSIA, RODRIGO SÁNCHEZ, OMAR CARRILLO, JOSÉ LUIS CHIRINOS Y HERSEN GUERRERO; y asimismo, vista la diligencia suscrita por la Abogado en ejercicio GLENY VILLAMIZAR GONZALEZ, mediante la cual se da por notificada del Acto Conclusivo decretado pro la Fiscalía del Ministerio Público y solicita le sean entregadas las cantidades de dinero ofrecidas como Caución Económica, en tal sentido, este Juzgado considera ajustado a derecho el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, decretado por la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y LESIONES, en perjuicio del ciudadano ANGEL MELEAN (HOY OCCISO), de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, sin menoscabo del derecho que tiene el Ministerio Público de reapertura la investigación, cuando existan nuevos elementos de convicción. Y ASÍ SE DECLARA.
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Ajustado a derecho el ARCHIVO FISCAL decretado por la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público del Estado Zulia, respecto de la investigación signada con el N° 24-F20-396-23, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado y Lesiones en perjuicio del ciudadano ANGEL MELEAL (HOY OCISO), todo de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión, déjese copia en archivo, Notifíquese a las partes de la presente dicha decisión y remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público, en la oportunidad legal correspondiente.
En consecuencia, este Tribunal en funciones de Control de éste mismo Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, acuerda HACER LA ENTREGA DEL DINERO, que se encuentra depositado en la Cuenta corriente N° 00-050-104618-9 de éste Juzgado, en ocasión de Beneficio Procesal que consistió en CAUCIÓN REAL, obligada a pagar en la cuenta corriente arriba mencionada, de la siguiente manera: Al ciudadano HERSEN GUERRERO, la cantidad de Un Millón Cincuenta Mil de Bolívares (Bs. 1.050.000,oo), según Depósito N° 34259008, de fecha 06-08-02; al ciudadano RODRIGO SÁNCHEZ, la cantidad de Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Mil Bolívares (Bs. 444.000,oo), según Depósito N° 34254151, de fecha 04-06-02; al ciudadano OMAR CARRILLO, la cantidad de Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Mil Bolívares (Bs. 444.000,oo), según Depósito N° 34530367, de fecha 04-06-02; al ciudadano JOSÉ LUIS CHIRINOS, la cantidad de Cuatrocientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 450.000,oo), según Depósito N° 34530342, de fecha 04-06-02; y al ciudadano OSCAR MESSIA la cantidad de Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Mil Bolívares (Bs. 444.000,oo), según Depósito N° 34530349, de fecha 04-06-02.
Por último, este Tribunal acuerda oficiar a la Intendencia del Municipio Machiques de Perija participándole de la presente decisión. CÚMPLASE.
EL JUEZ DÉCIMO DE CONTROL
FREDDY HUERTA RODRÍGUEZ
EL SECRETARIO SUPLENTE,
ABOG. LIEXCER AUGUSTO DIAZ CUBA
En la misma fecha se registró la Decisión bajo el N°. 031-A-05, se expidieron los cheques N° 00742030, 00742031, 00742032, 00742033 y 00742034 se remitió ofició a la Intendencia del Municipio Machiques de Perija, bajo el N°. 077-05-A.-
EL SECRETARIO SUPLENTE
FHR/liexcer.
CAUSA N° 10C-273-02.-