En el día de hoy Trece (13) de Enero de 2005, siendo las tres y cuarenta y ocho minutos de la tarde (3:48 p.m.) se presentó ante este Juzgado Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en el Palacio de Justicia, avenida 15 Las Delicias, piso 2, la Jueza Séptima de Control Abog. ERIKA MILENA CARROZ PEREA, junto con el secretario constituido en su sede Abog. JACERLIN ATENCIO, se procede a escuchar la exposición del Fiscal del Ministerio Público.


EXPOSICION FISCAL

Presente el Ciudadano MARTIN LANDAETA, Fiscal Auxiliar Undécimo del Ministerio Público, expuso: “Ratifico todo el contenido de todas las actuaciones levantadas por funcionarios adscrito a la Policía Regional de la Cañada de Urdaneta que corre inserta en la presente causa y Presento y Pongo a disposición de este Tribunal a los ciudadanos ELIAS RAMON DIAZ ALMANZA, ELIAS DAVID DIAZ MACEA, LEANYS ESTHER ROMERO MONTES Y YUSELIS ROSARIO GARCIA MONTES, de conformidad a lo establecido en el ordinal 1 del articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela por la presunta comisión del delito de FACILITACION DE INGRESO ILEGAL previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley Extranjería y Migración, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; por todo lo antes expuesto solicito al Tribunal se sirva decretar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los ordinales 3 y 4 del artículo 256, del Código Orgánico Procesal Penal y sea ventilada la presente causa a través del Procedimiento Ordinario. Es todo.”


IDENTIFICACION DEL IMPUTADO

Seguidamente el imputado previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, quien dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: 1) ELIAS RAMON DIAZ ALMANZA, Venezolano, natural de Colombia de 54 años de edad, soltero, de oficio comerciante, titular de la cedula de identidad N° 22.232.017 nacido el día 17-04-50 hijo de Carmen Maria Mansa (Difunto) y Felipe Díaz y residenciado en Carmelo Sector Los Claveles calle principal cerca de la Choza Cachaco diagonal a mi casa. Seguidamente este Tribunal deja constancia de las características fisonómicas del imputado de 1,62 aproximadamente de estatura, de piel Moreno claro, de ojos marrones oscuros, de nariz pequeña ancha, de labios normales, de cejas pobladas gruesas, de orejas grandes, De contextura doble. De cabello liso de color castaño oscuro, no presenta bigotes, presenta tatuaje en el brazo derecho y una cicatriz en la cara y una en la mano derecha. Es todo.


Seguidamente examinadas las actas y demás recaudos presentados por la Fiscal del Ministerio Publico, el imputado manifestó tener abogado que lo asista, por lo que Nombro al abogado en ejercicio LUIS RINCON con Inpreabogado N° 90.512 y con domicilio procesal en el Sector las Tarabas calle 60B N° 14A-17 Talleres internacional, quien se encuentran presente en este acto y expuso:” Acepto el cargo de Defensor del mencionado ciudadano y Juro cumplir con todas la obligaciones inherente en dicho cargo”. Es todo. Seguidamente el imputado de autos fue impuesto de sus Derechos previstos en el articulo 125 y el 131 del Código Orgánico Procesal Penal y de las Garantías Constitucionales prevista en el articulo 49 ordinal 5º de nuestra Carta Magna, el cual establece su Derecho a no rendir declaración sin que ello constituya perjuicio en su contra, así como del hecho que se le imputa, y el imputado manifestó su deseo de rendir declaración y estando libre de Juramentos, prisiones, apremios y coacciones siendo las 04:50 minutos horas de la tarde expuso: “Yo iba para la cañada en la parada de la cañada estaba la Policía y nos detuvo y yo llevaba 8 garrafas vacía e la camioneta y de hay nos pasaron al comando y de hay nos pasaron al Marite. Es todo.”


Seguidamente el imputado previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, quien dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: 2) ELIAS DAVID DIAZ MACEA, Colombiano, natural de Sahún Cordoba de 31 años de edad, casado, de oficio obrero, titular de la cedula de identidad Colombiana N° 78.739.720 nacido el día 01-07-83 hijo de Edilma Macea y Elías Díaz y residenciado en Barrio el Carmelo Sector Los Claveles al fondo del cementerio. Seguidamente este Tribunal deja constancia de las características fisonómicas del imputado de 1,65 aproximadamente de estatura, de piel Moreno claro, de ojos marrones oscuros, de nariz pequeña, de labios normales, de cejas pobladas gruesas, de orejas grandes, De contextura doble. De cabello liso de color castaño oscuro, no presenta bigotes, no presenta tatuaje, ni cicatriz. Es todo.


Seguidamente examinadas las actas y demás recaudos presentados por la Fiscal del Ministerio Publico, el imputado manifestó tener abogado que lo asista, por lo que nombro al abogado en ejercicio LUIS RINCON, con Inpreabogado N° 90.512 y con domicilio procesal en el Sector las Tarabas calle 60B N° 14A-17 Talleres internacional, quien se encuentran presente en este acto y expuso:” Acepto el cargo de Defensor del mencionado ciudadano y Juro cumplir con todas la obligaciones inherente en dicho cargo”. Es todo. Seguidamente el imputado de autos fue impuesto de sus Derechos previstos en el articulo 125 y el 131 del Código Orgánico Procesal Penal y de las Garantías Constitucionales prevista en el articulo 49 ordinal 5º de nuestra Carta Magna, el cual establece su Derecho a no rendir declaración sin que ello constituya perjuicio en su contra, así como del hecho que se le imputa, y el imputado manifestó su deseo de rendir declaración y estando libre de Juramentos, prisiones, apremios y coacciones siendo las 05:10 minutos horas de la tarde expuso: “Yo andaba acompañando a mi padre haciendo una vuelta y de regreso nos detuvieron mi papa le dio la cola a dos señoras y supuestamente no tiene documento. Es todo.”


Seguidamente el imputado previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, quien dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: 3) LEANYS ESTHER ROMERO MONTES, Colombiana, natural de Sagun Cordoba de 25 años de edad, casada, de oficio mi esposo y yo trabajamos en una granja, titular de la cedula de identidad Colombiana N° 30.578.905 nacido el día 27-08-78 hijo de Berenice López Montes y Julio Manuel López (Difunto) y residenciado en La Cañada de Urdaneta El Séme ruco cerca de la tienda. Seguidamente este Tribunal deja constancia de las características fisonómicas del imputado de 1,71 aproximadamente de estatura, de piel clara, de ojos negros, de nariz pequeña, finade labios normales, de cejas escasa y finas, de orejas grandes, De contextura delgada. De cabello crespo de color amarillo, no presenta tatuaje, ni cicatriz. Es todo.


Seguidamente examinadas las actas y demás recaudos presentados por la Fiscal del Ministerio Publico, el imputado manifestó tener abogado que lo asista, por lo que designo en este acto al Abogado en ejercicio LUIS RINCON, con Inpreabogado N° 90.512 y con domicilio procesal en el Sector las Tarabas calle 60B N° 14A-17 Talleres internacional, quien se encuentran presente en este acto y expuso:” Acepto el cargo de Defensor del mencionado ciudadano y Juro cumplir con todas la obligaciones inherente en dicho cargo”. Es todo. Seguidamente el imputado de autos fue impuesto de sus Derechos previstos en el articulo 125 y el 131 del Código Orgánico Procesal Penal y de las Garantías Constitucionales prevista en el articulo 49 ordinal 5º de nuestra Carta Magna, el cual establece su Derecho a no rendir declaración sin que ello constituya perjuicio en su contra, así como del hecho que se le imputa, y el imputado manifestó su deseo de rendir declaración y estando libre de Juramentos, prisiones, apremios y coacciones siendo las 05:15 minutos horas de la tarde expuso: “El señor me dio la cola de Maracaibo hasta la Cañada y bueno lo detuvieron y yo tenia la bebe y la bebe no tenis los documentos y ella es venezolana ella nació aquí y de hay me trasladaron para aca. Es todo.”


Seguidamente el imputado previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, quien dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: 4), YUSELIS ROSARIO GARCIA MONTES Venezolano, natural de Maracaibo de 21 años de edad, casada, de oficio ama de casa, sin identificación nacido el día 15-09-83 hijo de Marilis del Rosario Montes Ortega y Gonzaga Manuel Garcia (Difunto) y residenciado en La Cañada de Urdaneta El Semeruco cerca de la tienda. Seguidamente este Tribunal deja constancia de las características fisonómicas del imputado de 1,50 aproximadamente de estatura, de piel Moreno, de ojos negros, de nariz pequeña, de labios normales, de cejas escasa finas, de orejas pequeñas, De contextura doble. De cabello liso de color castaño oscuro, no presenta tatuaje ni cicatriz. Es todo.


Seguidamente examinadas las actas y demás recaudos presentados por la Fiscal del Ministerio Publico, el imputado manifestó tener abogado que lo asista, por lo que nombro en este acto al abogado en ejercicio LUIS RINCON, con Inpreabogado N° 90.512 y con domicilio procesal en el Sector las Tarabas calle 60B N° 14A-17 Talleres internacional, quien se encuentran presente en este acto y expuso:” Acepto el cargo de Defensor del mencionado ciudadano y Juro cumplir con todas la obligaciones inherente en dicho cargo”. Es todo. Seguidamente el imputado de autos fue impuesto de sus Derechos previstos en el articulo 125 y el 131 del Código Orgánico Procesal Penal y de las Garantías Constitucionales prevista en el articulo 49 ordinal 5º de nuestra Carta Magna, el cual establece su Derecho a no rendir declaración sin que ello constituya perjuicio en su contra, así como del hecho que se le imputa, y el imputado manifestó su deseo de rendir declaración y estando libre de Juramentos, prisiones, apremios y coacciones siendo las 5:23 minutos horas de la tarde expuso: “Nosotros ibamos de Maracaibo hacia la cañada y llegando a la cañada nos detuvo la policía y nos llevaron a la estación de policía y teníamos a las niñas pero a mi se me olvido el documento de la bebe me la quitaron, por eso fue que nos detuvieron por que no llevábamos el documento de ellas. Es todo.”

EXPOSICION DE LA DEFENSA

Seguidamente le fue concedida la palabra a la Defensa quien expuso: “Me adhiero a la Solicitud Fiscal en cuanto a la solicitud de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el ordinal 3° del articulo 256 del COPP. Es todo.”

En este acto, oídas las exposiciones de la Representación Fiscal, de la Defensa, del Imputado, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Acuerda LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el ordinal 3, del articulo 256 DEL Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos ELIAS RAMON DIAZ ALMANZA, Venezolano, natural de Colombia de 54 años de edad, soltero, de oficio comerciante, titular de la cedula de identidad N° 22.232.017 nacido el día 17-04-50 hijo de Carmen Maria Mansa (Difunto) y Felipe Díaz y residenciado en Carmelo Sector Los Claveles calle principal cerca de la Choza Cachaco diagonal a mi casa, ELIAS DAVID DIAZ MACEA, Colombiano, natural de Sahún Cordoba de 31 años de edad, casado, de oficio obrero, titular de la cedula de identidad Colombiana N° 78.739.720 nacido el día 01-07-83 hijo de Edilma Macea y Elías Díaz y residenciado en Barrio el Carmelo Sector Los Claveles al fondo del cementerio, LEANYS ESTHER ROMERO MONTES o LEANYS ESTHER LOPEZ MONTES, Colombiana, natural de Sagun Cordoba de 25 años de edad, casada, de oficio mi esposo y yo trabajamos en una granja, titular de la cedula de identidad Colombiana N° 30.578.905 nacido el día 27-08-78 hijo de Berenice López Montes y Julio Manuel López (Difunto) y residenciado en La Cañada de Urdaneta El Séme ruco cerca de la tienda y , YUSELIS ROSARIO GARCIA MONTES Venezolano, natural de Maracaibo de 21 años de edad, casada, de oficio ama de casa, sin identificación nacido el día 15-09-83 hijo de Marilis del Rosario Montes Ortega y Gonzaga Manuel Garcia (Difunto) y residenciado en La Cañada de Urdaneta El Semeruco cerca de la tienda.-

SEGUNDO: Acuerda proseguir la presente investigación conforme al Procedimiento ORDINARIO

TERCERO: Ordena oficiar al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite BAJO EL Nª 29-05 a los fines de hacer de su conocimiento la decisión dictada por esta Juzgadora

CUARTO: publica por separado el texto integro de la decisión dictada bajo el Nª 31-05, de lo cual quedan legalmente notificadas todas las partes