REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de Despacho del día de hoy, veinticinco de enero de dos mil cinco, siendo las tres de la tarde día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No. 2, contentivo de Revisión de Sentencia (Reclamación Alimentaría, incoado por la ciudadana: MARIELA COROMOTO MONCAYO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No. V-9.701.746, contra el ciudadano: ALEXANDER ANTONIO ARELLANO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-7.797.824, en relación de los niños o adolescentes ANEISALI DANIELA, FRANCISCO JAVIER Y ALEXANDER ANTONIO ARELLANO MONCAYO.- Seguidamente este Tribunal se trasladó por solicitud e indicación de la Apoderada Judicial de la parte actora, Abogada en ejercicio TAMARA M. BONACCORSO H., inscrita en el I.P.S.A, bajo el No. 77.135, representación que consta según instrumento poder judicial especial autenticado por ante la Notaria Pública Cuarta de Maracaibo, en fecha 01-11-2004, anotado bajo el No. 61, tomo 72 de los libros de autenticaciones llevado por esa Notaria, a la siguiente dirección: Avenida 79 con esquina Delicias, específicamente en el local Comercial donde funciona La Sociedad Mercantil Multifreno de Occidente C.A., del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al ciudadano: MIGUEL ANGEL PRIETO FERRAZZANO, quién es venezolano, mayor de edad, estudiante, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-16.729.203, y de este domicilio, quién manifestó ser trabajador de la referida Empresa donde se encuentra Constituido este Tribunal .- De inmediato procede a nombrar Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Sur del Lago, C.A., representada en este acto por el ciudadano: IGOR DELGADO HUERTA, quien es mayor de edad, venezolano, casado, Licenciado en Administración, titular de la cédula de Identidad No V-5.170.472, quién estando presente aceptó el cargo y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impone el cargo recaído en su persona? Contestó: Si lo juro.- Seguidamente la ejecutante con asesoramiento del perito prenombrado al efecto, procede a señalar para ser EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el siguiente vehículo: Maraca: Chevrolet., Modelo: Caprice, Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Uso particular, serial de carrocería No. 1N694CV110813, matriculado bajo el No. VAN-320, según sus titulo Original de Propiedad de vehículos automotores No. 1388988, en este momento con la palca signada bajo el No. VBE-08H, color plata y vino tinto, el cual presenta pintura tapicería y caucho en regular estado, presenta pequeño golpe en el parachoques trasero, el mismo posee cuatro rines de magnesio y caucho con rines de magnesio en el maletero, así como una placa: AVA-650, color vino tinto de 150 WX4 y 4 Traiciales, también se hace constar que le vehículo tiene un sistema de audio sin frontal.- Siendo avaluado el referido vehículo en la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs.10.000.000,oo).- Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, el vehículo antes descrito y hace entrega del mismo a la Depositaria Judicial prenombrada, quién estando presente su representante legal IGOR DELGADO HUERTA, antes identificado, declara recibirlo conforme a derechos y a los efectos de ley.- Asimismo este Tribunal deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los Artículos 254 el primer aparte del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela., así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Concluyó el acto, siendo las tres y treinta minutos de la tarde.- Terminó se leyó y conforme firman.-
EL JUEZ,



ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS

EL NOTIFICADO,

EL REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL Y EL PERITO AVALUADOR,

LA SECRETARIA,


ABOG. LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ