REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO MARIÑO Y GARCIA

JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. Porlamar, 26 de enero de 2005.
194° y 145°
Vista la diligencia suscrita por la Ciudadana CÉLICA QUIJADA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.634.917, debidamente asistida por la Dra. EDITH ROMERO DE GONZÁLEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.918, en la cual desiste del Procedimiento que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, sigue en contra de la Ciudadana Glendy Mateo, asimismo solicita se le devuelva el Contrato original que corre inserto a los autos del expediente 437-05, este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia Homologa el presente desistimiento de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, igualmente ordena devolver el original del contrato de arrendamiento dejando en su lugar copia certificada del mismo, así como el archivo del presente expediente. Cúmplase.
El Juez,

Dr. Juan José Anuel Valdivieso

La Secretaria,

Yanette González González

Exp. N° 437-05
JJAV/ygg/wrr.-