REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO MARIÑO Y GARCIA


República Bolivariana de Venezuela


Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García,
Tubores, Villalba y Península de Macanao.
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta

Porlamar, 31 de Enero de 2005.

194º y 145º

Visto el DESISTIMIENTO realizado por la parte Actora en la presente demanda de Tercería ciudadano JOSE MANUEL SANCHEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.241.672, quien actúa en nombre y representación y con el carácter de Gerente General de la Compañía “Costa del Mar, C.A.”, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio MARIA FERNANDA LUJAN, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 93.856. Tomando en consideración que el Desistimiento no es contrario a derecho, al orden público, a las buenas costumbres ni a la Ley. Este Tribunal Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, téngase dicha Homologación como Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se da por terminado el proceso de Tercería planteado en el presente juicio, archivese el Expediente N° 909-03 (Pieza de Tercería). Diarícese y déjese copia de la presente decisión.- Cúmplase.-
EL JUEZ

ALBERTO RAUSSEO VALDERRAMA

EL SECRETARIO TEMPORAL

MIGUEL ANTONIO COVA

ARV/mac/arsm.
Exp N° 909-03