REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 21 de Enero de 2005.-
194º y 145º
Vista la diligencia de fecha 18-01-2005, suscrita por el ciudadano PEDRO JOSÉ PÉREZ SERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.248.305, con el carácter de acreditado en autos, debidamente asistido por la Abogada PETRA RODRIGUEZ COVA, con Inpreabogado N° 36.004, en el expediente N° 8154, contentivo de la solicitud de TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD presentada por el diligenciante. En tal sentido, el Tribunal a los fines de proveer observa: Los documentos originales requeridos por el ciudadano anteriormente identificado, los cuales corren insertos a los folios del 4 al 9, constituyen los instrumentos fundamentales de la mencionada solicitud, que serán analizados y valorados en su oportunidad procesal, a los fines de proveerla, por lo que en este momento, este Juzgado niega la devolución de los referidos instrumentos, hasta que se efectúe el pronunciamiento correspondiente. Y ASI SE ESTABLECE.-