REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veinticuatro (24) de diciembre de dos mil cinco (2005)
194º y 145º
ASUNTO : VP01-L-2004-001438

Visto el escrito presentado por el abogado JOAQUIN MARTINEZ, en su carácter de apoderado judicial de la demandada CONSTRUCTORA CAMSA C.A., mediante el cual solicita el llamado a juicio de la sociedad mercantil C.A. DE SEGUROS AMERICAN INTERNATIONAL, de conformidad con las previsiones del artículo 54 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicil Laboral del Estado Zulia, lo admite cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia se ordena librar cartel de notificación para la sociedad mercantil C.A. DE SEGUROS AMERICAN INTERNATIONAL, en la persona del ciudadano DOMINGO SALVADOR GONZALEZ, en su carácter de apoderado judicial de dicha empresa, a los fines de que comparezca por ante la Sala de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral, asistidas de abogado o representada por medio de apoderado, a las: ________ del décimo ( 10°) día hábil siguiente, más ocho (08) días que se le concede como término de distancia, a la constancia que agregue la secretaria en autos de haberse realizado la notificación ordenada, a los efectos de que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Igualmente, se les hace saber que las partes deberán consignar sus escritos de pruebas, en la oportunidad del inicio de la Audiencia Preliminar, a los fines de procurar la mediación, para lo cual se insta a las partes a acudir personalmente o acompañado de quienes tengan conocimiento de los hechos. Para practicar la notificación del tercero, se acuerda exhortar a los JUZGADOS DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los fines de que practiquen la notificación ordenada.- Líbrense Carteles, exhoto y oficio.-

La Juez,

Abog. JUDITH CASTRO La Secretaria

Abog. Maria Gabriela Fernández

En la misma fecha se libraron los careteles de notificación, exhorto y oficio No. T14-SME-2005-100

La Secretaria

Abog. Maria Gabriela Fernández