REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 12 de Diciembre de 2005
195° y 146°
RESOLUCION N° 828-05.- CAUSA 6E-042-03.
Vista la Solicitud de PERMISO, interpuesto por la Abog. Mónica Arape Estrada, Defensora Pública N° 19 ( E ) adscrita a la Unidad de Defensores Públicos del Estado Zulia, en su carácter de Defensora del penado LUIS RAMON GONZALEZ LOAIZA , portador de la cédula de identidad Nro. 10.451.989, actualmente disfrutando de la medida de LIBERTAD CONDICIONAL y cumple a cabalidad con todas las condiciones impuestas, Este Tribunal a los fines de resolver observa:
El penado ciudadano LUIS RAMON GONZALEZ LOAIZA, portador de la cédula de identidad Nro. 10.451.989 fue condenado por el delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL Y LESIONES INTENCIONALES cometido en perjuicio de NECTARIO EMIRO RINCON y en fecha 26-09-2005 este Juzgado le concedió la medida que actualmente disfruta, evidenciándose de actas que él mismo ha dado cumplimiento a las obligaciones que le fueron impuestas, en virtud de lo cual considera esta Juzgadora, procedente en Derecho CONCECER LA AUTORIZACION DE PERMISO PARA AUSENTARSE DE LA JURISDICCION Y VIAJAR A LA CIUDAD DE CARACAS , en los días comprendidos entre el 29-09-2005 hasta el día 06-10-2005, ambas fechas inclusive.Y ASI SE DECLARA.
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. CONCEDE al penado LUIS RAMON GONZALEZ LOAIZA, portador de la cédula de identidad Nro. 10.451.989, LA AUTORIZACION DE PERMISO PARA AUSENTARSE DE LA JURISDICCION Y VIAJAR A LA CIUDAD DE TRUJILLO, MUNICIPIO PAMPAN, SECTOR SAN FRANCISCO, en los días comprendidos entre el 20-12-2005 AL 08-01-2006 ambas fechas inclusive, a los fines de gestionar la posibilidad de un empleo fijo como taxista.-Regístrese y Notifíquese.
LA JUEZ SEXTO DE EJECUCION
DRA ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
EL SECRETARIO
ABOG. ERNESTO ROJAS H.
En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el Nro 828 -05 y se libro la correspondiente boleta de notificación., las cuales se remiten anexo de Oficio N° 6357-05 al Departamento de Alguacilazgo.-
EL SECRETARIO
ABOG. ERNESTO ROJAS H.
IAC/LM
CAUSA N° 428-01.
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