REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO, EXTENSION CABIMAS
JUEZ UNIPERSONAL N.01

Cabimas, 12 de diciembre de 2005
195° y 146°
Definitivamente firme como se encuentra la Sentencia No. 1642-05, dictada por este Tribunal en fecha: 16/11/05, y por cuanto la misma no ha sido objeto de Apelación, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 524 del Código de Procedimiento Civil DECLARA la misma en Estado de Ejecución, y se ordena expedir las copias certificadas de la presente decisión. Asimismo, se ordena oficiar al representante legal de la empresa COBSA, a los fines de participarle lo acordado en la referida sentencia. OFICIESE. Vista la diligencia que antecede de fecha 05/12/05, suscrita por la ciudadana YAGDELYS LANDAETA, asistida por la abogada en ejercicio AURORA CASANOVA, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 34.599, este Tribunal provee de conformidad a lo solicitado, en consecuencia, ordena retener UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las UTILIDADES, que en el presente año económico y en todos los demás años siguientes le puedan corresponder al ciudadano LUIS EDUARDO MANZANILLO OBERTO, titular de la cédula de identidad No. V-13.660.7483, como trabajador al servicio de la empresa COBSA. La cantidad a retener por dicho concepto deberá ser entregada directamente por ante la oficina administrativa de la referida empresa la ciudadana: YAGDELYS BEATRIZ LANDAETA PARRA, titular de la cédula de identidad No. V-14.950.942, una vez se vayan causando. Para la ejecución de dichas medidas se ordena librar Despacho y Comisión al JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, MIRANDA, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. LIBRESE DESPACHO Y COMISION.
LA JUEZ UNIPERSONAL TEMPORAL No 01,

ABOG. MARIA MONICA DELGADO CARRULLO LA SECRETARIA SUPLENTE

ABOG. YURAIMA LUZARDO

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se oficio y libro despacho y comisión bajo los Nos. 2339-05 y 2340-05, y se anotó bajo el No. 1741-05, en la Carpeta de Sentencias Interlocutorias.

LA SECRETARIA SUPLENTE
EXP: 1U-5530-05
MMDC/mctj