REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de Despacho del día de hoy, 16 de diciembre del año dos mil cinco, siendo las 9:50 a.m., día hora previamente acordado , se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las oficinas de la Sociedad Mercantil Transporte de Valores Viseteca, ubicada en el sector la Lago, avenida 3F, entre calles 76 y 77, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia,, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.02, con motivo del juicio que por RECLAMACIÓN ALIMENTARÍA, seguido por: BRIGITTE DEL CARMEN AVENDAÑO DE CARRILLO, titular de la cédula de identidad No.V-15.664.910, contra: GEIMAN ANTONIO CARRILLO DIAZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.184.316.- Presente el (la) ciudadano (a):BEATRIZ MERCEDES DELGADO SOTO, titular de la cédula de identidad Nro.V- 5.829.581, quién se identifico con el carácter de: GERENTE REGIONAL.-El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa ordenó retener al ciudadano: GEIMAN ANTONIO CARRILLO DIAZ, titular de la cédula de identidad No.V-17.184.316 A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) mensual del sueldo, que devenga el reclamado de autos, como transportista de valores, en la Sociedad Mercantil VISETECA, B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) anual sobre las utilidades o remuneración especial de fin de año que correspondan al mismo, C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) anual del bono vacacional que le pueda corresponder al demandado de auto, D) En el caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos, Juguetes y útiles escolares, retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos que le pueda corresponder a la niña BRIGEIDIS LOREINIS CARRILLO AVENDAÑO, E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las Prestaciones Sociales, ahorros y fideicomiso que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral.- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Dándole cumplimiento a lo decretado por el Tribunal de la causa, Declara RETENER los conceptos antes establecidos en los literales A, B, C, D, y E, asimismo se le hace saber al Notificado que las cantidades a retener en dichos conceptos deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.02 ubicado en la avenida 4 Bella Vista, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida.- El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Empleado al servicio de la Empresa VISETECA y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada y deja constancia que en la presente ejecución se le da cumplimiento a lo pautado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 26 en su primer aparte, en concordancia con el Artículo 254 Ejusdem en lo atinente a que el Poder Judicial no esta facultado para establecer tasas, aranceles, no exigir pago alguno por su servicio y así dan fe y lo hace constar las partes, los interviniente y firmantes de la presente acta,.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 10:00 a.m. .-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A),


LA SECRETARIA,
ABOG. LUZ MARINA MONTIEL
ZC/yuly m.
Comis. No. 2978-05
Exped. No.7477