En horas de despacho del día de hoy ¬¬¬¬¬06 de Diciembre del año dos mil cinco, siendo las 10:30AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede del Ministerio de Educación con sede en Maracaibo (DRE), ubicada en la avenida 08 Santa Rita Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. con motivo del juicio de DIVORCIO ORDINARIO seguido por la ciudadana ISABEL TERESA GUERRA DE RINCON, en contra el ciudadano JAIRO ANGEL RINCON CASTELLANO, portador de la Cédula de Identidad No. 4.523.336.- En este estado presente el ciudadano (a): DEIDY URDANETA, portador (a) de la Cédula de Identidad N° 7.977.013, quien se identificó con el carácter de: SECRETARIA.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, DECRETO MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO: sobre; EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que por concepto de SALARIO O SUELDO, CAJA DE AHORRO, BONOS, UTILIDADES, FIDEICOMISO, PRESTACIONES SOCIALES y cualquier otra cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano JAIRO ANGEL RINCON CASTELLANO, portador de la Cédula de Identidad No 4.523.336, con ocasión de la relación laboral que mantiene como MAESTRO del EJECUTIVO NACIONAL.- Dichas cantidades de dinero deberán ser remitidas por separado y en dos (2) Cheques de Gerencia a la orden del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EXP: No. 40.776, uno por las cantidades correspondientes al salario y otro por las cantidades correspondientes a los demás conceptos laborales anteriormente mencionados.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esa Institución; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidad de dinero por los conceptos arriba mencionado; y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:35AM.-

LA JUEZ:

EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO: