En el día de hoy quince (15) de diciembre del año dos mil cinco (2005), siendo las tres y cincuenta minutos de la tarde (3:50 PM) de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte, y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede de la empresa Uniseguros, ubicada en el Centro Comercial La Guajira, Torre Sur, Nivel Mezzanina, situado en la avenida 4 (Bella Vista), con calle 67 (Cecilio Acosta), Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado Javier Vargas, García, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.808.872, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro: 83.432, a objeto de llevar a efecto la Medida de Embargo Preventivo decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del Juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), seguido por la Sociedad Mercantil FLASH COLOR C.A., identificada en actas, en contra de la Sociedad Mercantil TALLER MEPINTA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial el Estado Zulia, en fecha 27 de agosto de 1996, bajo el No. 28, tomo 75-A. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada, procede a notificar de su misión al ciudadano Eduardo Emiro Fuenmayor Fuenmayor, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.646.354, quien se identificó como el Gerente de Sucursal de la empresa. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado Javier Vargas García, antes identificado, expuso: “Señalo para ser embargado cualquier crédito a su favor que le pueda corresponder a la demandada Taller Mepinta C.A., antes identificada, en esta empresa, todo hasta cubrir la suma decretada por el juzgado de la causa, que asciende a la cantidad de SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIUN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 7.921.546, 80)”. Acto seguido este Tribunal Ejecutor en cumplimiento de la presente comisión en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, cualquier crédito a su favor que le pueda corresponder a la demandada Talle Mepinta C.A., antes identificada, en esta empresa, todo hasta cubrir la cantidad de SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIUN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 7.921.546, 80). Dichas cantidades de dinero deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a nombre del juzgado de la causa, a la sede del mismo ubicada en Torre Mara, avenida 2 (El Milagro), con calle 89, sede del Poder Judicial, Planta Alta. Acto seguido el notificado, ciudadano Eduardo Emiro Fuenmayor Fuenmayor, antes identificado, expuso: A reserva de verificar si la demandada Taller Mepinta, C.A., posee créditos a su favor en esta empresa; a reserva de verificar la existencia o no de medidas de embargo ejecutadas con anterioridad a esta; y a reserva de verificar las disposiciones legales y contractuales que puedan afectar la presente medida, en nombre de mi representada me doy por notificado de la medida ejecutada en este acto. Se ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las cuatro y treinta de la tarde (4:30 PM, del día de hoy.
LA JUEZ


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA


EL NOTIFICADO – GERENTE DE
SUCURSAL DE UNISEGUROS



EL APODERADO JUDICIAL DE LA
PARTE ACTORA
EL SECRETARIO


ABOG. LEONEL CASTELLANOS D´ BOURG