En el día de hoy trece (13) de diciembre del año dos mil cinco (2005), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), de conformidad con lo acordado, y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó éste JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Zona Educativa del Estado Zulia, ubicada en la avenida 8 (Santa Rita), edificio La Estrella, sitio señalado por la parte actora abogada ZAIDA PADRON VIDAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-2.871.739, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 21.491, actuando como apoderada judicial de la ciudadana EGLA CHIRINOS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro.: V-7.803.043, con el propósito de verificar la reincorporación de la ciudadana EGLA CHIRINOS GONZALEZ ordenada por el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, con motivo a la acción de Amparo Constitucional propuesta por la ciudadana EGLA CHIRINOS GONZALEZ, antes identificada, contra la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO ZULIA, Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada, procede a notificar de su misión al ciudadano LUIS FRANCISCO TARAZONA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, abogado, portador de la cédula de identidad Nro.: V-10.415.594, en su carácter de abogado adscrito al Departamento de Asesoría Jurídica de la Zona Educativa del Estado Zulia. Acto seguido el Tribunal le hace saber a la persona notificada que hemos sido comisionados por el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, para trasladarnos y constituirnos aquí en la sede de su representada, a los fines de verificar la reincorporación de la ciudadana EGLA CHIRINOS GONZALEZ, ya identificada, en forma inmediata e incondicional a sus labores habituales de trabajo en el cargo DABAS. I-II, ubicado en la Sub-Región San Francisco, sometido a concurso para el año escolar 2003-2004 y del cual resultó ganadora de conformidad con la constancia emitida en fecha 2 de febrero de 2004, emanada del Despacho del Viceministro de Asuntos Educativos – Junta Calificadora Zona del Estado Zulia, debiendo ser acatado el Amparo Constitucional so pena de incurrir en desacato a la autoridad judicial y en aplicación de las sanciones previstas en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Acto seguido el notificado, ciudadano LUIS FRANCISCO TARAZONA antes identificado, expuso: “Primeramente quien se encarga de los ingresos y egresos es la ciudadana NELIDA GUANIPA, jefe de la división de personal, la cual en estos momentos se encuentra en un acto de entrega de pago de prestaciones de los docentes jubilados, en cuanto al caso de la ciudadana EGLA CHIRINOS GONZALEZ se pudo constatar que aparece activa como docente interina en la escuela Amenodoro Urdaneta con cargo nominal docente de aula, se deja constancia que esta activa como docente interina.”. Acto seguido y estando presente la parte actora ciudadana EGLA CHIRINOS GONZALEZ con su apoderada judicial ciudadana ZAIDA PADRON VIDAL, plenamente identificada, la cual hace su exposición: “Solicito muy respetuosamente de la representación legal que se encuentra presente en este acto, que por cuanto la Jefe de la División de Personal del Ministerio de Educación de la Región Zuliana ciudadana NELIDA GUANIPA tiene pleno conocimiento del caso que hoy ocupa tanto por conocer con anterioridad de la reclamación que venía haciendo mi representada, como de la Sentencia emanada del Tribunal Contencioso Administrativo de la Región Occidental, y no obstante hay un manifiesto desacato a la autoridad judicial, se sirva orientar desde el punto de vista legal la responsabilidad civil y penal que representa dicho desacato, e igualmente solicito que por estar ordenado en la sentencia proferida de fecha 18 de abril de 2005, la reincorporación de forma inmediata e incondicional de la ciudadana EGLA CHIRINOS GONZALEZ como titular al cargo de DA.—BAS. I-II, ubicado en la Sub-Región San Francisco y del cual resulto ganadora, de conformidad con la constancia emitida en fecha 2 de febrero de 2004, Es Todo”. Vista las exposiciones, Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley procede a verificar la reincorporación de la ciudadana EGLA CHIRINOS GONZALEZ, quién se encuentra presente en este acto, dando cumplimiento a la presente medida de Amparo Constitucional, se deja constancia que la misma se encuentra activa en el cargo DA.—BAS. I-II, ubicado en la Sub-Región San Francisco como interina, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las once minutos de la mañana (11:00 p.m.) del día de hoy.
La Juez (Fdo)


Dra. Martha Elena Quivera

La Parte Actora, y su Apoderada Judicial, (Fdo),


El Notificado, (Fdo),


El Secretario Temporal, (Fdo)


Abog. Leonel Castellanos D´ Bourg