REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA Nº 3907

En el día de hoy siete ( 07 ) de Diciembre de 2.005, siendo las diez y treinta minutos de la mañans, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa CASCA C.A SERVICIOS COSTA AFUERA, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el Juicio de ALIMENTOS seguido por la ciudadana, MERCEDES JOSEFINA CAMARGO URRIBARRI, titular de la cedula de identidad Nº 5.726.367 en contra del ciudadano HUMBERTO RAMON VILLASMIL, titular de la cedula de identidad Nº V-5.795.509. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) ANA ORTEGANO, titular de la cédula de identidad N° 11.249.888, en su condición de ANALISTA DE PERSONAL. En este estado presente en este acto la abogada en ejercicio AIRA ESPINA GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.477, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de Embargo Preventivo decretada por el juzgado de la causa.