REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA Nº 3911
En el día de hoy cinco ( 05 ) de Diciembre de 2.005, siendo las doce y cuarenta minutos de la tarde, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la empresa INDUSTRIAS OCCIDENTE (WESTRE), antiguo WOOD GROUP ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO Nº 1. JUEZ UNIPERSONAL Nº 1, con sede en Cabimas. En el Juicio de DIVORCIO, seguido por la ciudadana YANELIS COROMOTO COLINA titular de la cedula de identidad Nº V-7.742.124, en contra del ciudadano FAUSTINO JOSE ZABALA SUBERO, titular de la cedula de identidad Nº V-5.719.574. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) QUILLERMO PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.061.101, en su condición de Vigilante. En este estado presente la ciudadana YANELIS COROMOTO COLINA, ya identificada, asistida en este acto por la abogada en ejercicio DORTI COLINA YEPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.376, expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el juzgado de la causa.