REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Cuarto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 13 de diciembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO : VP01-S-2005-000489

En el día hábil de hoy 13 de diciembre de 2005, siendo las 10:00 a.m., se deja constancia que por cuanto la hora fijada para la celebración de la Audiencia era las 9:30 a.m. se da comienzo a dicha Audiencia a las 10:00 a.m. por cuando se le concedió a la parte actora 30 minutos de espera y una vez transcurridos estos se levantó la presente acta, estando presente la apoderada judicial de la demandada Sociedad Mercantil RAYMOND DE VENEZUELA C.A. abogada, ROSARIO A. CARMONA MARTÍNEZ, inpreabogado número: 39.445, según consta en documento poder consignado por ante la URDD, constante de cuatro (04) folios útiles, y que el Tribunal ordena agregar en este mismo acto. Se deja constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez

La Secretaria

Mgs. Judith del Carmen Castro
Abog. Maria de los A. Bohórquez.