REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
195° y 146°

Maracaibo, 08 de Agosto de 2005

RESOLUCION N° 502-05 CAUSA N° 6E-071-04

Se recibió el acta de Redención por el Trabajo y el Estudio impuesta al penado MIGUEL ANGUEL BARRANCO, este Tribunal procede a elaborar Cómputo con Redención, de conformidad con lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, de la pena de CINCO (05) AÑOS y DOS (02) MESES DE PRESIDIO, dictada en contra del penado MIGUEL ANGUEL BARRANCO, titular de la cédula de identidad N° 15.727.044.
El citado penado fue condenado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS y DOS (02) MESES DE PRESIDIO, por los delitos de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO, PORTE ILICITO DE ARMA y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO, en perjuicio del ciudadano Argenis Alaña y el Estado Venezolano.-
Consta en actas que el penado MIGUEL ANGUEL BARRANCO, fue detenido en fecha 17-01-2004, por lo que hasta el día de hoy: 08-08-05, lleva detenido: UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS más el tiempo redimido que constan en actas (folio 154) en razón del trabajo y estudio demostrado de SEIS (06) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS que hacen un total de pena cumplida: DOS (02) AÑOS, UN (01) MES Y CATORCE (14) DIAS, faltándole por cumplir: TRES (03) AÑOS Y DIECISEIS (16) DIAS. En consecuencia, cumplirá la Pena Principal el día: 25-08-2008. Asimismo cumplió Una Cuarta (1/4) parte de la pena el día: 10-10-2004. Una Tercera (1/3) parte el día: 15-03-2005, cumplirá la mitad (1/2) de la pena el 25-01-2006, las Dos Terceras (2/3) partes el día 05-12-2006, las Tres Cuartas (3/4) partes el día: 10-05-2007 y estará Sujeto a la Vigilancia de la Autoridad por Una (1/4) parte del tiempo de la Condena, después que esta termine hasta el día: 10-12-2009. ASI SE DECLARA.
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Cómputo con Redención, de conformidad con lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, a Cumplir el penado MIGUEL ANGEL BARRANCO, titular de la cédula de identidad N° 15.727.044, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Maracaibo. Regístrese, Notifíquese y remítase copia certificada al ciudadano Director de la Cárcel.-
LA JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN,

DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
EL SECRETARIO

ABOG. ERNESTO ROJAS

En la misma fecha, se registró la Decisión bajo el N° 502-05 en el Libro de de Decisiones llevado por este Juzgado del presente año, se remitió copia certificada junto con oficio N° 4103-05. Se libraron las correspondientes Boletas de Notificaciones con oficio 4104-05.-

EL SECRETARIO


IAC/a.a.