REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
MARACAIBO, 02 de Agosto de 2005
195° y 146°
RESOLUCIÓN N° 476-05.- CAUSA No 6E-062-03
El presente proceso seguido contra de los penados MARIO JOSE MONTIEL GONZALEZ, Venezolano, de Maracaibo, de 30 años de edad, casado, Indocumentado, hijo de Euclides Fuenmayor y Omaira Montiel, residenciado en el Barrio 14 de Mayo, sector El Marite, cerca del Taller Mecánico de nombre LUCHO, Maracaibo Estado Zulia y AMAURY JOSE BARRIOS QUINTERO, Colombiano, natural de San Juan de Bolívar, Obrero, Cédula de Identidad N° 9.155.794, de 29 años de edad, casado, hijo de Negro Barrios y de Ana Quintero, y residenciado en el Barrio 14 de Mayo, sector El Marite, cerca de un Taller Mecánico.-
Consta en actas que los penados MARIO JOSE MONTIEL GONZALEZ Y AMAURY JOSE MONTIEL GONZALEZ, fueron sentenciados por el Juzgado Decimosegundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 18/07/03 condenándolos a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de SACRIFICIO DE GANADO, cometido en perjuicio del LUIS FELIPE BOHORQUEZ.-
Ahora bien, en fecha 15-08-03 este Juzgado de Ejecución ejecuto la sentencia y por cuanto el delito por el cual fueron condenados es procedente la Suspensión Condicional de Pena, se ordenó citarlos, compareciendo en fecha 16-09-03 el penado MARIO MONTIEL quien se comprometió a cumplir con todas y cada una de las obligaciones .- Asimismo, en fecha 19-11-03 se recibe oficio N° 3322-03 emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario de Maracaibo, donde informan que el aludido penado no había acudido a dicha oficina , por lo que el tribunal opta nuevamente a citar a los antes aludidos penados con la Policia Municipal de Maracaibo, quienes en fecha 07-10-2004 anexo de Oficio N° 2999-04 remiten Acta Policial, donde manifiestan los funcionarios O.P.D.M. # 0375 EDGARDO VALERA y O.P.D.M. # 0465 GUSTAVO DIAZ, que entrevistándose con vecinos del sector los mimos manifestaron desconocer a los aludidos penados , por lo que esta Juzgadora considera procedente, en derecho es ordenar la Captura de los penado antes mencionados, para lo cual se ordena oficiar a los organismos competentes a los fines de que se avoquen a la localización, captura de los referidos penados y trasladarlos al Establecimiento Penitenciario de Maracaibo a la orden de este Juzgado. Así se declara.-
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la Captura de los penados MARIO JOSE MONTIEL GONZALEZ, Venezolano, de Maracaibo, de 30 años de edad, casado, Indocumentado, hijo de Euclides Fuenmayor y Omaira Montiel, residenciado en el Barrio 14 de Mayo, sector El Marite, cerca del Taller Mecánico de nombre LUCHO, Maracaibo Estado Zulia y AMAURY JOSE BARRIOS QUINTERO, Colombiano, natural de San Juan de Bolívar, Obrero, Cédula de Identidad N° 9.155.794, de 29 años de edad, casado, hijo de Negro Barrios y de Ana Quintero, y residenciado en el Barrio 14 de Mayo, sector El Marite, cerca de un Taller Mecánico .Ofíciese a los ciudadanos Director de Polimaracaibo, Estado Zulia; al Director de la Policía del Municipio San Francisco Estado Zulia; al Comandante del Destacamento Regional N° 3, de la Guardia Nacional Estado Zulia y al Comisario Jefe Del Cuerpo De Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación del Zulia-Departamento de Captura, a los fines a los fines de solicitarle se sirva impartir las instrucciones necesarias a objeto de que funcionarios adscritos a ese departamento se avoquen a la localización , captura y posterior ingreso a la Cárcel Nacional de Maracaibo, de los mencionados penados. Publíquese, Regístrese y Notifíquese. -
LA JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN
DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
LA SECRETARIA
ABOG. HASSNA ABDELMAJID RAIDAN
En la misma fecha, se registró la anterior resolución bajo el No.476-05, en los Libros de Registros de Resoluciones llevados por este Tribunal en el presente mes y año, se libraron oficios bajo los Nos. 3922-05, 3923-05, 3924-05, 3926-05 Y 3927-05, 3929-05 Y 3930-05.-
LA SECRETARIA
IAC/lm
CAUSA No. 6E-062-03.
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