REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 11 de agosto de 2005
195° y 146°
RESOLUCION N° 523-05 CAUSA N° 6E-223-05
Este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 284 del Código 0rgánico Procesal Penal, practicar el computo de pena correspondiente al penado GIOVANNY FRANCISCO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro.15.377.810 venezolano, de 23 años de edad, casado, de oficio obrero hijo de Emilio 0sorio y de Daisy Delia Bracho residenciado el barrio Juan Casiano Losada cerca del Estacionamiento Serví Mara, vía la Concepción, estado Zulia, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo.-
Consta en actas, que el penado GIOVANNY FRANCISCO RODRIGUEZ, fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DOS (2) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO EN GRADO DE FRUSTACION, cometido en perjuicio de LEOPOLDO ANTONIO RINCON.
El penado GIOVANNY FRANCISCO RODRIGUEZ, fue detenido en fecha 23-03-2005 por lo que hasta el día de hoy: 11-08-05, lleva detenido: CUATRO (04) MESES Y DIECIOCHO ( 18) faltándole por cumplir: TRES (03) AÑOS DIEZ (10) MESES Y DOS (02) DIAS. En consecuencia, cumplirá la Pena Principal el día: 13-06-2009. Asimismo cumplió Una Cuarta (1/4) parte de la pena el día: 13-04-2006. Una Tercera (1/3) parte el día: 19-08-2006. La mitad (1/2) de la pena el 03-05-2007, las Dos Terceras (2/3) partes el día 16-01-2008. Las Tres Cuartas (3/4) partes el día: 23-05-2008 y estará Sujeto a la Vigilancia de la Autoridad por Una (1/4) parte del tiempo de la Condena, después que esta termine hasta el día: 03-07-2010. ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Cómputo de pena a Cumplir por el penado GIOVANNY FRANCISCO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro.15.377.810 venezolano, de 23 años de edad, casado, de oficio obrero hijo de Emilio 0sorio y de Daisy Delia Bracho residenciado el barrio Juan Casiano Losada cerca del Estacionamiento Serví Mara, vía la Concepción, estado Zulia, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, Regístrese, Notifíquese y 0ficiese remitiendo copias certificadas al ciudadano Director del Establecimiento Penitenciario de Maracaibo, a la Dirección de Prisiones y al Consejo Nacional Electoral.
LA JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN,
DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
EL SECRETARIO
ABOG. ERNESTO ROJAS H.
En la misma fecha, se registró la Decisión bajo el N° 523-05 en el Libro de de Decisiones llevado por este Juzgado del presente año, se remitieron copias junto con oficios Nros. 4403, 4404, 4405-05.Se libraron las correspondientes Boletas de Notificaciones con 0ficios Nro 4406-05.
EL SECRETARIO
IA/ ysabel g.
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