REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA

Santa Bárbara de Zulia, 26 de Agosto de 2005.
195 y 146

RESOLUCION N° 216-05 C03-605-05.

Vista la solicitud contentiva de Protección de Medida, signada bajo el N° C03-605-05, presentado por el Despacho de la Fiscalía 21° del Ministerio Público de éste mismo Circuito y Extensión, en la que solicita sea concedida MEDIDA DE PROTECCION al ciudadano ROBINSON ANTONIO MANZANILLO ACEVEDO, titular de la cédula de identidad N° 9.494.513, domiciliado en Capiu Arriba, Barrio 5 de Julio, segunda calle, casa N° 193, Municipio Sucre del Estado Zulia, telefóno (0414-7453402), por haber manifestado el mismo en acta de entrevista de denuncia recogida por ante el Despacho Fiscal, el haber sido objeto de agresión fisica por parte del ciudadano de nombre ANIBAL PARRA, invocando como fundamento de su petición lo establecido en los artículos 118 y 120 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 81 y 84 de la LeyOrgánica del Ministerio Público.
e acompaña a la solicitud Fiscal, Acta de Entrevista contentiva de denuncia de fecha 17/08/05, en la cual el ciudadano ROBINSON ANTONIO MANZANILLO ACEVEDO, antes identificado expone: Yo me encontraba en el Terminal de Pasajeros de aqui de Caja Seca, y el señor ANIBAL PARRA estaba dando vueltas alrededor de donde yo estaba con 3 sujetos presuntos sicarios y me llego y me grito que me iba a dar muerte, yo inmediatamente acudí al Puesto Policial y realice la denuncia y este señor ya me tiene metido en problemas con agricultores de Tucaní, sin yo tener culpa de nada porque lo ajeno lo respeto, este señor lo hago responsable de lo que me pase a mi vida y a mis hijos también, Anibal Parra tiene antecedentes y estas amenazas las ha venido haciendo desde principios de este año y en varias oportunidades he visto carros sospechosos por mi casa los cuales nunca antes los había visto en la zona, al igual que cuando estoy en mi turno en mi carro por puesto, este problema viene poque al señor Anibal Parra lo robaron y unos agricultores de Tucaní y este señor se ha dedicado a vociferar que en mi carro trasladan objetos robados, el día Miércoles 10/08/2005 estuve conversando con el sñeor Alvino Valero Mendoza y me dijo que el señor Anibal había comentado diás antes del 07/08/05, que andaba 3 hombres averiguando el sitio donde me la mantego, donde trabajo y donde vivo para darme muerte y es cierto porque el día de las elecciones yo vi a Anibal con 3 hombres que nunca antes los había visto aqui, ese mismo día converse también con el señor Lebi Ojeda y me dijo lo mismo que me comentó Alvino Valero sobre estas personas, es todo".
De la declaración del ciudadano: ROBINSON ANTONIO MANZANILLO ACEVEDO, se desprende claramente el temor por su vida y seguridad de él, y de sus hijos, razón por la cual, considera esta Juzgadora conforme a lo establecido en los artículos 23, 118 y 120 todos del Código Orgánico Procesal Penal, ordenar la Medida de Protección Judicial, solicitada por la Fiscalia 21 del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, con sede en Caja Seca, a favor del ciudadano ROBINSON ANTONIO MANZANILLO ACEVEDO y SUS HIJOS, en tal sentido para darle cumplimiento a lo aocrdado se comisiona al Comandante de la Policia Regional del Estado Zulia, Municipio Sucre del Estado Zulia para que funcionarios adscritos al Departamento Policial de la Policia Regional del Estado Zulia, realicen patrullaje permanente en la siguiente dirección: Capiú Arriba, Barrio 5 de Julio, segunda calle, casa N° 193, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, teléfono (0414-7453402), lugar donde esta ubicada la residencia del ciudadnao ROBINSON ANTONIO MANZANILLO ACEVEDO. Terminada y sellada en la Sala donde funciona el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal dle Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. Notifíquese y remítase nuevamente la presente causa a la nombrada fiscalía, constante de cinco (05) folios útiles, a los fines de que continúe con las investigaciones. Cúmplase.-
La Juez Tercero de Control
Abg. Alida Ramona Rubio Montiel
La Secretaria
Abg. Mayra Beatriz Villarruel
En la misma fecha y conforme a lo ordenado se cumple con lo acordado y se oficio bajo los Nos 0881 y 0884.
La Secretaria
Abg. Mayra Beatriz Villarruel.