REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de Despacho del día de hoy, 05 de Agosto del año dos mil cinco, siendo las 9:30 a.m., de conformidad con lo acordado , se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las Oficinas del MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE, ubicada en la avenida 8 Santa Rita, Edificio La Estrella, en jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No. 2, contentivo de Revisión d Sentencia e Incumplimiento de Pensión, incoada por la ciudadana: YOLANDA BERNAL RINCON, titular de la cédula de identidad No. V-4.332.401, en contra del ciudadano: WHEILER JOSE GIL GARCIA, titular de la cédula de identidad No. V-9.113.445, en relación al adolescente WHEILER ISAI GIL BERNAL.- Presente el (la) ciudadano (a): DEIDY CH. URDANETA, titular de la cédula de identidad No. V- 7.977.013, quién se identifico con el carácter de: SECRETARIA.-El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa, a fin de asegurar las resultas del presente proceso, tal como lo disponen los artículos 381, 512 y 521 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, decretó: EMBARGO, al ciudadano: WHEILER JOSE GIL GARCIA, titular de la cédula de identidad No. V-9.113.445, sobre: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las Prestaciones Sociales, ahorro y Fideicomiso que le pueda corresponder al reclamado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa por terminada la relación laboral, como Profesor al servicio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, para satisfacer las Pensiones Alimentarías del Adolescente WHWILER ISAI GIL BERNAL.- SEGUIDAMENTE ESTE TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a lo decretado por el Juzgado de la causa Declara EMBARGADO , sobre Los conceptos antes mencionado y decretado por el Juzgado de la causa. De inmediato este Tribunal le informa al notificado que las cantidades a retener en los conceptos establecidos anteriormente, deberán remitirlas mediante cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUCIO-JUEZ UNIPERSONAL No. 2, ubicado en la avenida 4 Bella Vista, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Edificio Arauca área, Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida .- El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Empleado de esta institución, si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada y deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los Artículos 254 y el primer aparte de l artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 9:35 a.m..-
EL JUEZ



ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS


EL (LA) NOTIFICADO (A),




LA SECRETARIA,


ABOG. LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ


DAV/gonzález b.-
Comis. No. 2808-2005
Exped. No 06764