REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ
En horas de Despacho del día de hoy, Viernes cinco (05) de Agosto del año dos mil Cinco (2005), siendo las Diez y siete (10:07Am) horas de la mañana, previa fijación acordada al efecto, se traslado y constituyó este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a las Oficinas del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, ubicada en la Calle 77, 5 de Julio con Avenida 17, Edificio Levi, al lado de la Torre B.O.D., Piso 2, Departamento de Recursos Humanos, en Jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, con el objeto de practicar la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO N° 02, en el Juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA, seguido por la ciudadana EHLIANIA DE L PRURISIMA UZCATEGUI BAEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.582.986, contra el ciudadano RAFAEL DAVID RUBIO BELTRAN, titular de la cédula de identidad N°V-15.287.660, en relación al niño EDUARDO ENRIQUE RUBIO UZCATEGUI.- Presente el (la) ciudadano(a) MILAGROS MAYBEL ANDRADE DE GARCIA, Venezolano (a) mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-7.605.789, y quien dijo proceder con el carácter de Gerente Administración Personal de las oficinas donde se está constituido, el Tribunal le notificó del objeto de su traslado y constitución y de la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Comitente, sobre: 1) EL CIEN POR CIENTO (100%) de las cantidades de dinero que por concepto de Prestaciones Sociales, Ahorros y Fideicomiso le puedan corresponder al demandado de autos, ciudadano RAFAEL DAVID RUBIO BELTRAN, titular de la cédula de identidad N°V-15.287.660, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral, como Cajero al servicio del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, para satisfacer las pensiones alimenticias del niño EDUARDO ENRIQUE RUBIO UZCATEGUI. Que las cantidades de dinero a retener en el concepto antes señalado, deberá ser remitido en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO N° 02, (Expediente N° 6849). El (la) notificado (a) expuso: A reserva de verificar si el demandado es o no Cajero al Servicio del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, o de si le pertenece o tiene en la misma, cantidades algunas por dichos conceptos; de si sobre el haber embargado no existen otras medidas Judiciales anteriores y, finalmente, también a reserva de las aplicaciones de las disposiciones legales y contractuales que puedan afectar la presente medida, me doy por notificado (a) y enterado (a) del contenido a que se refiere la presente Acta. El Tribunal en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara formalmente Embargado Preventivamente, el concepto antes señalado y advirtió al notificado de la obligación en que está de dar cumplimiento a lo ordenado en la presente Acta. El Tribunal deja constancia que se le dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 9 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relacionado con la gratuidad de los procedimientos Judiciales, en los cuales se encuentran involucrados niños y/o adolescentes, así como lo establecido en el Artículo 26 y 254 (Segundo Parágrafo) de la CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, igualmente relacionado con la Gratuidad de la Justicia. Siendo las diez y quince (10:15Am), horas de la mañana, concluyó el presente acto.- Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ:
ABOG. SURMA RODRIGUEZ DE BURGOS
EL (la) NOTIFICADO (a):
FIRMA ILEGIBLE
LA SECRETARIA
ABOG. ANAIS VILLALOBOS V.
SRdeB/nlr.-.
Comisión N° 2709-2005.-