REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 02 de Agosto de 2005
194º y 145º
Visto el desistimiento del procedimiento de fecha 27.07.05, presentado por el ciudadano RUBÉN LORENZO GONZÁLEZ ALMIRAIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 12.006.435, asistido por la abogada MARIANYELA BERMÚDEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N°. 112.471, este Tribunal para proveer observa:
- Que la parte actora actuó con la debida asistencia jurídica.
- Que la exigencia contenida en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil resulta inaplicable en este caso, toda vez que en este procedimiento no se ha verificado ni la citación de la parte accionada ni menos aún la contestación de la demanda.
- Que en la materia tratada en el presente juicio no se encuentra involucrado el orden público ni le están prohibidas las transacciones.
En tal sentido, con base a lo anterior, este Tribunal imparte su homologación en todas y cada una de sus partes al desistimiento de fecha 27.07.05 y en consecuencia, téngase dicha homologación con autoridad de cosa juzgada y en su oportunidad archívese el expediente.
LA JUEZA,
Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.
LA SECRETARIA,
Abg. CECILIA FAGUNDEZ.-
JSDC/CF/nv.-
EXP. N°. 8569-05.-