REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 28 de Abril de 2005.
195° y 146°
RESOLUCIÓN No 250-05 CAUSA No 7E-063-03
Este Tribunal a los fines de determinar cuando cumple una cuarta 1/4 parte y una tercera 1/3 parte de la pena impuesta, el penado EDW1N GABR1EE APARICIO GUTIÉRREZ pasa a elaborar nuevo computo de pena de conformidad con lo establecido en el Segundo Aparte del artículo 482 de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal.
El penado: EDWIN GABRIEL APARICIO GUTIÉRREZ, fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del Código Penal. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 09-01-03, por lo que hasta el día de hoy 28-04-05, fecha en la cual se elabora el presente cómputo lleva detenido: DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES y DIECINUEVE (19) DÍAS. Faltándole por cumplir UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES y ONCE (11) DIAS. Cumple la pena principal el día 09-01-2007 cumplió la mitad de la pena el día 09-01-05; cumplió % parle de la pena el día 09-01-04 para el beneficio de Destacamento de Trabajo. Cumplió 1/3 parle de la pena el día 09-05-04; para el beneficio de régimen abierto. Cumple las 2/3 parles de la pena el día 09-09-2005; para el beneficio de Libertad Condicional. Cumple las H parles de la pena el día 09-01-2006, para el beneficio de Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 27-10-2007.- Regístrese la presente Resolución, remítase copia certificada de la misma con oficio a la Fiscal 27 del Ministerio Público y al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo.
EA JUEZ SÉPTIMA DE EJECUCIÓN
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA.
ABOG. MARÍA GONZAEEZ
En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el N" 250-05 y se libraron oficios No 2598-05 y 2599-05.
LA SECRETARIA
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