REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, 27 DE ABRIL DE 2005
195º Y 146º
DECISION N° 244 -05 CAUSA N° 7E-019-03
Vista la solicitud interpuesta por el penado FILOMEDES ANTONIO AZUAJE DELGADO, titular de la cedula de identidad N° 19.340.001, quien debidamente asistido en este acto por el Abog. Américo Palmar, Defensor Publico N° 50, solicito al Tribunal se sirva extenderle las presentaciones por ante la Intendencia de Seguridad del Municipio Santa Rita, a cada noventa (90) días, este Juzgado de Ejecución para resolver observa lo siguiente:
En fecha 25-01-2005, este Juzgado le otorgó al penado FILOMEDES ANTONIO AZUAJE DELGADO, el Beneficio de Confinamiento, y entre las obligaciones se le impuso presentarse mensualmente por ante la Intendencia de Seguridad del Municipio Santa Rita.-
En fecha 25-04-05, el mencionado penado solicitó al Tribunal se les extiendan las presentaciones por ante la Intendencia de mensual a Trimestral.
Ahora bien, analizadas las presentes actuaciones, considera esta Juzgadora, procedente en este caso EXTENDER LAS PRESENTACIONES al penado FILOMEDES ANTONIO AZUAJE DELGADO, por ante la Intendencia de Seguridad del Municipio Santa Rita, de mensual a Trimestral, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-Y ASÍ SE DECIDE.-
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER LAS PRESENTACIONES al penado FILOMEDES ANTONIO AZUAJE DELGADO, por ante la Intendencia de Seguridad del Municipio Santa Rita de mensual a Trimestral, conforme lo establece el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese la presente decisión, ofíciese.-
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA GONZÁLEZ
En la misma fecha se registró la decisión bajo el Nº 244-05 y se libro oficio N° 2585-05.-
LA SECRETARIA
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