REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo. 12 de Abril de 2005.
1940 y 1460

RESOLUCIÓN No 207-05 CAUSA No 7E-070-03

Este Tribunal a los fines de determinar cuando cumple una cuarta 1/4 parle y una tercera 1/3 parte de la pena impuesta, el penado JAIRO ANTONIO FERNANDEZ, pasa a elaborar nuevo computo de pena de conformidad con lo establecido en el Segundo Aparte del artículo 482 de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal.

El penado: JAIRO ANTONIO FERNANDEZ, fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley por la comisión del delito de TRAFICO IEICITO DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 19-03-02. por lo que hasta el día de hoy 12-04-05. fecha en la cual se elabora el presente cómputo lleva detenido: TRES (03) AÑOS y VEINTITRÉS (23) DÍAS. Faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS, SIETE (07) MESES y SIETE (07) DÍAS. Cumple la pena principal el día 19-11-2008, cumple la mitad de la pena el día 19-07-05: cumplió 'A parte de la pena el día 19-11-03 para el beneficio de Destacamento de Trabajo. Cumplió 1/3 parte de la pena el día 09-06-04; para el beneficio de régimen abierto. Cumple las 2/3 partes de la pena el día 29-08-2006; para el beneficio de libertad Condicional. Cumple las VA partes de la pena el día 19-03-2007, para el beneficio de Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 19-03-2010.- Regístrese la presente Resolución, remítase copia certificada de la misma con oficio a la Fiscal 27 del Ministerio Público y al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo.
LA JUEZ SÉPTIMA DE EJECUCIÓN

DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE

LA SECRETARIA.

ABOG. MARÍA GONZAEEZ

En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el No 207-05 y se libraron oficios N° 2150-05 y 2151-05.

LA SECRETARIA