REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 01 de Abril de 2005
194º y 146º
DECISIÓN No. 179-05.- Causa No. 7E-049-01
Visto el oficio emanado de la Dirección de custodia y Rehabilitación del Recluso, Departamento de asesoria Jurídica de la Cárcel Nacional de Maracaibo, Departamento de Asesoria legal, mediante el cual solicitan permiso de traslado del penado EDIXON ANTONIO IBÁÑEZ UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad 15.434.064, con las seguridades del caso y la debida custodia, al Encuentro Deportivo del V Campeonato Nacional de Boxeo a realizarse en el Internado Judicial de Carúpano, del día Nueve (09) al Dieciséis (16) de Abril del 2005, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley del Régimen Penitenciario, previamente aplicando las Medidas de Seguridad pertinentes al caso, autoriza el traslado de la penada al referido Internado Judicial de Carúpano.- Y ASÍ SE DECIDE.-
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el permiso de traslado del penado EDIXON ANTONIO IBÁÑEZ UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad 15.434.064, con las seguridades del caso y la debida custodia, al Encuentro Deportivo del V Campeonato Nacional de Boxeo a realizarse en el Internado Judicial de Carúpano, del día Nueve (09) al Dieciséis (16) de Abril del 2005, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Sobre Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y librese oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo.
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA,
ABOG. AURORA GÓMEZ
En la misma fecha se registró la decisión bajo el Nº 179-05 y se ofició bajo el Nº 1905-05.-
LA SECRETARIA
MMA/lady
Causa No. 7E-049-01
|