REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
191° y 143°
Maracaibo, 05 de abril de 2005
RESOLUCION NRO 201-05 CAUSA 339-01
Vista la constancia emanada de la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario, de fecha 27-12-03, mediante el cual hacen constar que el penado HEBERTO ENRIQUE PELEY SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro.12.217.509, quien goza de Libertad Condicional finalizó satisfactoriamente el Regimen de prueba impuesto el día 27-12-04, acuerda verificar si la misma se encuentra extinguida por cumplimiento de la misma.-
El penado HEBERTO ENRIQUE PELEY SANCHEZ, fue condenado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, cometido en perjuicio de LARRY JOSÉ VILCHEZ GARCIA.
Consta en actas folio 521, que el penado HEBERTO ENRIQUE PELEY SANCHEZ, cumplió satisfactoriamente la pena principal en fecha 28-05-2005, considera esta Juzgadora que lo procedente en Derecho es decretar el cumplimiento de la pena principal, y por cuanto queda sujeto a la a la Vigilancia de la Autoridad por (1/4) parte del tiempo de la condena, hasta el día 26-02-06, ordena citarlo a los fines de imponerlo de las presentaciones a las que quedó sujeto, ante la Intendencia de la Parroquia Chiquinquirá. Así se declara.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA el cumplimiento de la pena principal a favor del penado HEBERTO ENRIQUE PELEY SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nro.12.217.509, natural de Maracaibo, mayor de edad, soltero, hijo de Heberto Peley y de Segovia Sánchez residenciado en la calle Arismendi, callejón San Pedro Sector Santa Rosalía, Maracaibo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal; quedando sujeto a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte de la condena hasta que culmine el día 26-02-2006, para lo cual acuerda oficiar a la Intendencia de la Parroquia Chiquinquirá, para su presentación.- Publíquese, Registrase, Notifíquese, y 0ficiese.
LA JUEZ
DRA ISABEL ARAUJO C.
EL SECRETARIO
ABOG. ERNESTO ROJAS H.
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 201-05 en los Libros de Registros de Resoluciones llevados por este Tribunal. Se libró Boletas de Notificaciones.- ofició bajo el Nro._____________--
ysabel g.
EL SECRETARIO
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