REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO
Maracaibo, 27 de Abril de 2005
194° y 145°
Por cuanto se observa que en la presente causa signada por este Tribunal bajo el N° 3M-346-04, seguida en contra del ciudadano CARLOS OSCAR ARAUJO GUILLEN, por la presunta comisión del Delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 408° ordinal 1° en concordancia con el artículo 83° ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida correspondiera al nombre de ADOLFREDO EMIRO LOPEZ; que en el día de hoy se encontraba fijada la celebración del Juicio Oral y Público y por cuanto este Tribunal tiene fijada una continuación de Juicio de la causa N° 3M-347-04 y aunado a ello que la representante de la Vindicta Pública Abg. HAIDAYRI MOLINA, manifestó a este despacho que se encuentra en la celebración de otro juicio por ante el Juzgado Primero de Juicio de este mismo Circuito, en tal sentido este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio Acuerda Diferir el referido Acto y ordena fijarlo nuevamente para el día MARTES TREINTA Y UNO (31) DE MAYO DE 2.005, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Se deja constancia que no comparecieron por ante esta Sala: El Acusado CARLOS ARAUJO, previo traslado de Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", acompañado de la Defensa Pública Abg. MARIA EUGENIA ROUVIER y la Fiscal 6° del Ministerio Público Abg. HAIDAIRY MOLINA. Asimismo se ordena librar Boletas de Notificaciones a las partes intervinientes en el presente proceso, remitiéndolas con oficio al Departamento de Alguacilazgo y oficio al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", para efectuar el traslado del Acusado de autos. CUMPLASE CON LO ORDENADO EN EL PRESENTE AUTO y OFICIESE.-
LA JUEZ TERCERO DE JUICIO
SILVIA CARROZ DE PULGAR
LA SECRETARIA,
LOREMAR MORALES.
En la misma fecha se dio fiel cumplimiento a lo ordenado en auto y se libraron oficios N° 672-05 y 673-05.-
LA SECRETARIA,