REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE JUICIO
Maracaibo, 18 de abril del 2.005
194° y 145°



Por cuanto se observa en la presente causa signada por este Tribunal bajo el N° 3M-347-04, seguida en contra de los ciudadanos REINALDO JESUS CARIDAD Y JOAQUIN JOSÉ AGUILAR, por la comisión del Delito de PECULADO DOLOSO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 52° de La Ley Contra La Corrupción, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; que aún no se han librado las respectivas BOLETAS DE NOTIFICACIONES, dirigidas a los funcionarios Actuantes, Expertos y Testigos promovidos por la Fiscalia 12° del Ministerio Público, mediante la cual se les informa sobre la celebración del JUICIO ORAL Y PÚBLICO a efectuarse el día 25-04-2005 a las 10:00 a.m.; en consecuencia este Juzgado Tercero de Juicio Acuerda librar las mencionadas Boletas de Notificaciones remitiéndolas con oficio N° 641-05 al Departamento del Alguacilazgo. CUMPLASE CON LO ORDENADO EN EL PRESENTE AUTO y OFICIESE.-
LA JUEZ TERCERO DE JUICIO


SILVIA CARROZ DE PULGAR


LA SECRETARIA,


LOREMAR MORALES.


En la misma fecha se dio fiel cumplimiento a lo ordenado en auto y se libró oficio N° 641-05.-


LA SECRETARIA,