REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
Maracaibo, 05 de Abril de 2005 - .
194ª y 145ª
DECISION N° 627-05 CAUSA No 9C-360-02
La presente causa seguida en contra del ciudadano YEMES JOSÉ ESPINOZA, venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, y residenciado en Maracaibo Estado Zulia.
Mediante escrito presentado en fecha 8 de Junio de 2004 , el Abogado CARLOS JAVIER CHOURIO Fiscal Decimoprimero del Ministerio Público del Estado Zulia, notifico que había decretado el Archivo Fiscal de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 108, numeral 9 de la Ley Orgánica del Ministerio Publico y 108 ordinal 5 del Código Orgánico Procesal Penal, sin perjuicio de la apertura cuando aparezcan elementos de convicción que permita formular acusación en contra del ciudadano YEMES JOSE ESPINOZA.
Este Tribunal de Control para resolver observa:
El Fiscal en su investigación, practico diligencias, y archivo hasta cuando aparezcan nuevos elementos solicitando en consecuencia el cese de la medida cautelar decretada en contra del mismo, por lo que es procedente Declarar Con Lugar la solicitud de Archivo Fiscal de las Actuaciones hechas por el Fiscal Decimoprimero del Ministerio Publico del Estado Zulia. Y `por cuanto el mencionado ciudadano, se encuentra bajo presentación periódica, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3, del Código Orgánico Procesal penal, por ante este Tribunal de Control, se acuerda el cese
DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuesto, este Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la Solicitud de Archivo Fiscal de las Actuaciones de la Causa seguida en contra del ciudadano YEMES JOSE ESPINOZA, por aparecer incurso en la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal, presentados por el Fiscal Decimoprimero del Ministerio Publico del Estado Zulia, y se acuerda el cese inmediato de la medida acordada por ante este Tribunal al mencionado ciudadano.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese las partes.
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL
DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS.
LA SECRETARIA,
ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ.
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el Nº 627-05 en el Libro de Registro de Resoluciones llevado por este Tribunal durante el presente mes y año Líbrense Boletas de Notificaciones
La SECRETARIA
ABOG.PATRICIA ORDOÑEZ.
CAUSA Nº 9C-360-02
HCV/frhr
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